Boletines/Magdalena
Decreto Nº 66
Magdalena, 10/01/2023
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra I Nº 1426/2022, referente a Licitación Privada para adjudicar la “ADQUISICION DE CESPED SINTETICO PARA LA NUEVA CANCHA DE MINI FUTBOL DEL CRIM, DE LA LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BS AS”.-
Que, NO existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ello;
Considerando
Que, el Acto de Apertura de la Licitación contó con la participación de UN (1) Empresas/Firmas del ramo COMERCIAL CARPETS SA, cuya documentación presentada en el Acto de Apertura reúne apropiadamente la totalidad de las exigencias del Pliego de Bases y Condiciones.
Que, visto el informe emanado por El Subsecretario de Obras y Servicios Públicos a Fs. 97 considera que resulta conveniente a los intereses municipales la Oferta presentada por la empresa COMERCIAL CARPETS S.A.
Que, visto la ordenanza Nº 4061/2023 emanada por el Honorable Concejo Deliberante a Fs. 102, Autorizando dicha adjudicación.
EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus facultades
DECRETA
ARTICULO 1º: ADJUDIQUESE - CON CARÁCTER DE INSISTENCIA a la Empresa/Firma “COMERCIAL CARPETS S.A” (CUIT Nº 33-65308589-9) por una suma total de PESOS NUEVE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 00/100 ($9.363.757,00) para adjudicar la “ADQUISICION DE CESPED SINTETICO PARA LA NUEVA CANCHA DE MINI FUTBOL DEL CRIM, DE LA LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BS AS” en un todo de acuerdo a la documentación que sirvió de base para el llamado a LICITACIÓN PRIVADA Nº 19/2022.-
ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción 5.000, Programa 24 75 Partida 5.1.7.0 “TRANSFERENCIAS”, con Fuente de Financiamiento 132 de Origen Provincial del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2023.-
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda Cr. Andrés García.-
ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-