Boletines/Magdalena
Ordenanza Nº 4064/23
Magdalena, 03/01/2023
V I S T O:
Las actuaciones obrantes en el Expediente letra I nº 1424/22 referida a la Licitación Pública nº 13/22 para Adjudicar la Mano de obra, materiales y equipos para la construcción de pavimento intertrabado en la localidad de Magdalena, Partido de Magdalena, Provincia de Buenos Aires, y
C O N S I D E R A N D O:
Que con fecha 22 de Diciembre de 2022, se realizó la apertura de sobres correspondientes al llamado de la licitación Pública nº 13/22,
Que el acto de Apertura del Llamado contó con la participación de UN SOLO (1) oferente.
Que dicho oferente es la empresa “PREMOLDEADOS DE ARGENTINA SA” cuya documentación presentada en el Acto de Apertura reúne apropiadamente la totalidad de las exigencias del Pliego de Bases y Condiciones.
Que dicha firma cotiza la suma total de pesos TRECE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 13.989.250.-)
Que visto el informe emanado por el Subsecretario de Obras y Servicios Públicos a fs. 180 quien aconseja adjudicar la oferta presentada por la empresa “PREMOLDEADOS DE ARGENTINA SA”,
Que de acuerdo a lo normado en el artículo 155 del Decreto ley 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades “la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo”.
Por todo ello
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Autorícese al Departamento Ejecutivo a adjudicar a la Empresa /Firma “PREMOLDEADOS DE ARGENTINA SA” (CUIT Nº 30-70763435-5) la Licitación Pública nº 13/2022 cuyo objeto es la “Mano de obra, materiales y equipos para la construcción de pavimento intertrabado en la localidad de magdalena, Partido de Magdalena, Provincia de Buenos Aires, por una suma total de pesos TRECE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 13.989.250.-) cuya documentación obra en el expediente ut-supra mencionado.-
ARTICULO 2º: Aféctese las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del artículo Primero en la Jurisdicción 5000, Programa 23.99.01 Partida 4.2.2.0. con Fuente de Financiamiento 110 de Origen Municipal.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, regístrese, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAGDALENA, EL DÍA 03 DE ENERO DE 2023.
Registrado bajo el Nº 4064/23.-
Firmado: MARIEL SEMINO (Presidente)
RAUL GOMEZ (Secretario)