Boletines/San Andrés de Giles

Resolución Nº111/23

Resolución Nº 111/23

San Andrés de Giles, 11/04/2023

Visto

La presentación formulada por la  señora  Directora de Producción de la Municipalidad ,  Dra. Florencia Mémoli, dando  origen a la formación del expediente administrativo municipal Nº 4101-16479-0-2023;  y

Considerando

Que a través de la misma la funcionaria , plantea la posibilidad de brindar desde la Municipalidad el Segundo Curso de manipulación de Alimentos correspondiente al ejercicio del año 2023 ,            

                                   Que sustenta su petición, en el creciente desarrollo que se advierte en el rubro gastronomía a través de sus diferentes aristas, acompañado con el impulso que ha adquirido el turismo local de manera especial en el aspecto rural , además de  las ferias populares y demás actividades programadas desde la Municipalidad con afluencia de numeroso pública.          

                                    Que el objetivo del Curso de Manipulación de Alimentos es difundir y capacitar respecto de la correcta manipulación ,preparación, conservación y consumo de alimentos  como así también concientizar sobre la responsabilidad asociada al manejo de los mismos inculcando las bases de las BPM (buena práctica de manufactura) ;

     

                                    Que la realización del mentado curso, es exigido para todos aquellos que tramiten la libreta sanitaria, en virtud de las disposiciones del Código Alimentario Argentino, Ley nº 18284.

                                     Que, el dictado del mismo, estará a cargo de la Licenciada en Nutrición, señora María Carolina Carabelli (Matrícula Nacional 6336  y Matrícula Profesional de la Provincia de Buenos Aires 1994 ) quién posee una destacada trayectoria y participación y vasta experiencia en el tema referenciado;

                                         Que la capacitación de referencia  se brindará en las instalaciones del Centro Integrador Comunitario (CIC)  de nuestra ciudad, durante cuatro  miércoles del mes de mayo del año en curso en horario de 14.00 a 16:00 ; desarrollándose tres clases de dos horas de duración cada una y un cuarto encuentro donde se tomará el examen final

                                             Que el dictado del curso referenciado generará al Municipio erogaciones,  cuya cancelación corresponde disponer.

Por  ello, ello el Intendente Municipal Interino  en uso de las atribuciones que le son propias

 

R E S U E L  V E

                                    

 

ARTICULO 1º:  Autorizar  a las áreas contables del Municipio a cancelar los gastos originados como consecuencia de la puesta en marcha y desarrollo del Segundo curso de manipulación de alimentos correspondiente al año 2023 ,que brindará la Municipalidad organizado por la Dirección de Producción de la Municipalidad ,

 ARTICULO 2º:   El dictado del curso a que hace referencia el artículo precedente estará a cargo de la Licenciada en Nutrición , señora María Carolina Carabelli (Matrícula Nacional 6336  y Matrícula Profesional de la Provincia de Buenos Aires 1994)  siendo  el mismo , exigido para todas aquellas personas que tramiten la libreta sanitaria , en virtud de las disposiciones del Código Alimentario Argentino, Ley nº 18284.

ARTICULO 3º.  El dictado del  Curso se brindará  en las instalaciones del Centro Integrador Comunitario (CIC)  durante cuatro  miércoles del mes de mayo del año en curso en horario de 14.00 a 16:00 ; desarrollándose tres clases de dos horas de duración cada una y un cuarto encuentro donde se tomará el examen final

ARTICULO 4º: Los gastos a que se refiere el artículo precedente serán imputados en la siguiente  partida del Presupuesto de Gastos ,a cuyo efecto las áreas indicadas quedan facultades para su registración y pago.

Fuente de Financiamiento: 110 Tesoro Municipal

Jurisdicción: 1110100000   Departamento Ejecutivo

Subjurisdicción: 1110105000 Secretaría de Gobierno

Categoría Programática     23 Desarrollo Productivo Local

Actividad                  01 Coordinación y Desarrollo de la Producción

Inciso 3                      Servicios No Personales

Partida Principal     4 Servicios Técnicos y Profesionales

Partida Parcial         5 De Capacitación

ARTICULO 5º: Registrar, comunicar  a las áreas cuya intervención corresponda en virtud de la naturaleza de la presente norma  y archivar.