Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº1047/23

Decreto Nº 1047/23

San Andrés de Giles, 05/04/2023

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente 4101-15.864-0-2023 , que tramitan la contratación de una empresa idónea para la provisión de Oxígeno Medicinal a granel y en tubos con destino al Hospital Municipal San Andrés ; y

Considerando

Que la Municipalidad no cuenta con recursos genuinos que permitan brindar por sus propios medios ,la mencionada provisión de oxígeno medicinal;

                                    Que a tal efecto a través del Decreto  Nº 0667 de fecha 17  de febrero  de 2023 el  Departa­mento Ejecutivo Municipal,  dispuso el llamado a  Licitación Pública Nº 1  , del año en curso ;  para formalizar  dicha provisión,  por resultar aplicable este  proceso de conformidad a

las disposiciones legales vigentes ;

                                     Que a través del artículo 2º del referido acto administrativo se estableció oportunamente como fecha y horario para la apertura de los sobres , el día 14  de  marzo  de 2023  a la hora 09:00;

                                   Que conforme se encontraba previsto en el día y horas indicados , se realizó el acto de apertura de propuestas , registrándose lo actuado en el Acta Nº3/23- De Licitación Pública;

                                     Que del Acta de Apertura de Propuestas surge que la única oferta

presentada es la correspondiente a la Firma AIR LIQUIDEARGENTINA S.A.

                               Que la firma Air Liquide Argentina S.A. posee vasta experiencia con  apreciación favorable por parte de la Municipalidad,  en el abastecimiento de oxígeno medicinal en nuestro Hospital ,

            Que  como consecuencia del resultado del Acto de Apertura de Propuestas y conforme lo establece la Ley Orgánica Municipal  que prevé  en su artículo 155, que,  para el caso de existir un solo oferente en la licitación, se podrá resolver su aceptación, previa autorización del Honorable Concejo Deliberante , el expediente correspondiente fue remitido a los efectos de resolución al Honorable Concejo Deliberante .

Que, similar norma contiene el artículo 187 del Reglamento de Contabilidad.  

                                   Que el Honorable Concejo Deliberante durante la sesión Ordinaria celebrada  el día 30 de marzo    de 2023, sancionó la ordenanza Nº 2583   en virtud de la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo a adjudicar a la firma AIR LIQUIDE ARGENTINA S.A.,  la provisión de oxígeno medicinal a granel y en tubos en el Hospital Municipal San Andrés, a cuyo efecto  es la Licitación Pública Nº 1/2023

                        Que dicha ordenanza fue promulgada por Decreto Nº 1006 dictado por el Departamento Ejecutivo con fecha 3 de abril  del año en curso, disponiéndose a través del artículo 2º de la norma la adjudicación a la firma mencionada la Licitación .  

                           Que con fecha 3 de abril  del corriente año, ha sido celebrado el correspondiente Contrato de Locación de Obra, para hacer efectiva  la prestación mencionada

                                   Que corresponde el dictado acto administrativo disponiendo la convalidación del acuerdo suscripto.

Por ello el Intendente  Municipal  Interino en uso de las facultades legales que le son propias:

D E C R E T A

 

ARTICULO  1º: Convalidar el contrato de locación de obra celebrado entre  la Municipalidad de San Andrés de Giles y la firma  Air Liquide Argentina S.A con domicilio real en calle Gerónimo Segundo Agüero Nº 2830-Torre 3-Piso 2º de la ciudad de Munro y Domicilio Legal en calle Uruguay Nº 1037 -7º Piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ambos de la Provincia  de Buenos  la Licitación Pública   Nº 1/2023 , cuyo objeto es la provisión de Oxígeno Medicinal a granel y en tubos en el Hospital Municipal San Andrés.

ARTICULO 2º: Las erogaciones que  genere  a la Municipalidad el cumplimiento de las obligaciones dinerarias asumidas en el contrato mencionado se imputarán a las siguiente cuenta  del  Presupuesto de Gastos vigente: 

Fuente de Financiamiento:                      110: Tesoro Municipal

Jurisdicción:                              1110100000: Departamento Ejecutivo

Subjurisdicción                         1110107000: Secretaría de Salud

Programa                                                70: Prestación de Servicios en el Hospital Municipal “San  Andrés”

Actividad                                                01: Servicios de Salud en Hospital Municipal

Inciso                                                      3: Servicios No Personales

Partida Principal                                       2: Alquileres y Derechos

Partida Parcial                                          2: Alquiler de maquinaria, equipos y medios de

                                                                   Transporte

Programa                                                70: Prestación de Servicios en el Hospital Municipal “San  Andrés”

Actividad                                                01: Servicios de Salud en Hospital Municipal

Inciso                                                       2: Bienes de Consumo

Partida Principal                                        5: Productos Químicos, Combustibles y Lubricantes.

Partida Parcial                                           1: Compuestos Químicos.  

ARTICULO 5to: Registrar, comunícar a las áreas cuya intervención corresponda,  a la parte contratada,  publicar  y archivar.-                               

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CONTRATO DE LOCACION DE OBRA

En la ciudad de San Andrés de Giles, a los 3   días del mes  de abril de 2023 , entre la Municipalidad de San Andrés de Giles, con domicilio legal en calle Moreno  Nº 338 de la localidad de San Andrés de Giles Partido del mismo nombre (Provincia de Buenos Aires), representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal Interino Miguel Angel Gesualdi, en mérito a lo dispuesto por el Decreto Nº 022 sancionado por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de noviembre de 2021  (DNI Nº 22.531.359 )  por una parte,  en adelante llamada  La Municipalidad y por la otra, la firma  “Air Liquide S.A.” con domicilio real en calle Gerónimo Segundo Agüero Nº 2830-Torre 3-Piso 2º de la ciudad de Munro y Domicilio Legal en calle Uruguay Nº 1037 -7º Piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ambos de la Provincia  de Buenos, representada en este acto por don Axel Omar GELROTH BALBI  D.N.I: Nº 30.558.669  en su carácter de  Apoderado  General de la Sociedad Anónima , según Poder General Amplio otorgado por Escritura Nº 214 pasada por ante  el Registro a cargo de la Escribana Yanina  Paola  Kartofel  de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires , cuya copia se adjunta a las actuaciones del expediente Nº 4101-15.864-0-2023 (Fojas 38/42)  CUIT de la Empresa 30-50085213-1 en adelante denominada “La Empresa”, conjuntamente denominadas "las partes" o individualmente como "parte"; se suscribe el presente contrato  (en adelante el , o este contrato) que quedará sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: Este Contrato es consecuencia de la Licitación Pública Nº 1/2023, de la cual la Empresa  resultó adjudicataria, de acuerdo a los términos de la Ordenanza  Nº2583 , sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del día 30  de marzo   del año en curso, y en virtud a lo dispuesto en el Artículo  2º del Decreto Nº 1006 dictado por el Departamento Ejecutivo, el día 3 de abril  de 2023 . El objeto de este Contrato es la  provisión  mediante alquiler por parte de La Empresa a La Municipalidad  de tubos para gas comprimido medicinal de acuerdo al siguiente detalle , (Provisión y recarga).

  • Acarreo aire comprimido medicinal en tubo        12         mensuales
  • Gas anhídrico carbónico en tubo                      44 kgs   mensuales
  • Gas oxígeno en tubo                                       132 m3  mensuales
  • Acarreo gas oxígeno en tubo                            132        mensuales
  • Gas protóxido de nitrógeno en tubo                      9 kgs   menuales
  • Acarreo Gas protóxido de nitrógeno en tubo          9          mensuales
  • Oxígeno medicinal Lq a granel                        6000 mts3   mensuales
  • Acarreo Oxígeno medicinal Lq a granel          6000            mensuales
  • Tubo para gas medicinal                                      70           mensuales
  • Tubo compacto de aluminio 1 m3 (gas oxígeno) 12           mensuales

La  provisión del oxígeno, el recambio y recarga de tubos se hará de acuerdo a la demanda y necesidad del Hospital Municipal San Andrés fijando como mínimo una entrega semanal a granel. Las entregas deberán efectuarse en el lugar indicado y los eventuales gastos de flete, acarreo, carga y descarga estarán a cargo de La Empresa.

SEGUNDA: El servicio se prestará en el Hospital Municipal de San Andrés de Giles.

TERCERA: La Empresa será responsable en todos los casos, del material a proveer en cuanto a su calidad, cantidad y formas de entrega. Será asimismo responsable de los daños y perjuicios ocasionados por la inoperancia de sus agentes y equipos, necesarios para el suministro del oxígeno. El adjudicatario responderá  directamente a la Municipalidad o a terceros por los daños producidos a las personas o a las cosas con motivo de la provisión.

CUARTA: El monto establecido en este Contrato será invariable durante el plazo de vigencia del mismo  y no se reconocerán mayores costos, ni intereses financieros por ninguna causa e incluyen los gastos de transporte, flete, carga y descarga en el Hospital Municipal San Andrés

QUINTA: En caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por la Empresa en este Contrato, comprobados fehacientemente La Municipalidad se reserva el derecho de rescindir el presente, sin necesidad de interpelación judicial alguna. Son válidas, además de las causales expresadas precedentemente, las fijadas en las Leyes y demás disposiciones aplicables; como así también la quiebra de La Empresa o el incumplimiento por su parte de las obligaciones y condiciones estipuladas en el Contrato.

SEXTA: El plazo de vigencia de este Contrato se fija desde el 1º de abril de 2023 hasta el 31 inclusive del mes de diciembre del año en curso. Producido el vencimiento de este plazo, el mismo quedará automáticamente prorrogado por el término de  noventa (90) días corridos.

SEPTIMA: La Municipalidad abonará mensualmente a la Empresa por la provisión de tubos y recargas mencionadas en este Contrato los precios detallados a continuación:

DETALLE

CANTIDADES MENSUALES

PRECIO UNIT.  X mt³/kg

TOTALES MENSUALES

aire comprimido medicinal en tubo

12 mts³

  $ 1.089

$   13.068

Acarreo aire comprimido medicinal en tubo

12

  $    266

$     3.194

gas anhídrico cabónico en tubo

44 kg

  $ 3.630

$ 159.720

Acarrero gas anhídrico cabónico en tubo

44

  $    266,2

$   11.712,8

gas oxígeno en tubo

300 mts³

  $ 1.089

$ 326.700

Acarreo gas oxígeno en tubo

300

  $   266,2

$   79.860

gas protóxido de nitrógeno en tubo

9 kg

  $ 12.342

$  111.078

Acarreo gas protóxido de nitrógeno en tubo

9

  $    266,2

$    2.395,8  

Oxigeno medicinal Lq a granel

6000 mts³

  $    237,16

$ 1.422.960

Acarreo Oxigeno medicinal Lq a granel

6000

  $     113,74  

$    682.440

TOTAL CONSUMOS VARIABLES

$   2.813.129

 

 

 

 

DETALLE

CANTIDADES

PRECIO UNIT. X mes

TOTALES MENSUALES

Tubo para gas medicinal

73

$   4.840

$  353.320

Tanque criogenico de almacenamiento vertical de 3.000 lts

1

$ 133.100

$ 133.100

Tubo compac aluminio 1 m3 (gas oxígeno)

8

$   15.125

$ 121.000

TOTAL ALQUILER/ CONSUMOS FIJOS

 $ 607.420

IMPORTE TOTAL MENSUAL A ABONAR A LA EMPRESA POR AMBOS CONCEPTOS: PESOS TRES MILLONES  CUATROCIENTOS  VEINTE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE ($ 3.420.549)

OCTAVA: El Pago se efectuará mes vencido, a partir del primer día hábil del mes calendario posterior de la prestación del servicio. Para iniciar la gestión de pago La Empresa  deberá presentar la correspondiente factura, ya sea por el suministro total o parcial según lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones - cláusulas generales,  Artículo 22º-aprobado por Decreto Nº 0667/2023-(artículo 2º), previa presentación de la factura en original, y los correspondientes  certificados de entrega previa satisfacción del controlador de los servicios contratados de la Dirección de Administración del Hospital., con firma, aclaración, sello y fecha de recepción. Los respectivos pagos a La Empresa se efectuarán  hasta 15 (quince) días de la fecha de factura.

NOVENA: La Empresa se compromete a presentar en  en este acto de firma de contrato en concepto de garantía de ejecución de  contrato que se menciona en el Artículo 19 del Pliego de Bases y Condiciones- Cláusulas Legales Generales- ,  Póliza de Seguro de por  un monto  de  Un Millón Quinientos Cuarenta Mil ($ 1.540.000)  que corresponde al 5% del Monto Total del Contrato.  El documento  será devuelto a la Empresa,  una vez realizada la recepción definitiva de la provisión pactada a entera satisfacción de la Municipalidad y siempre que no existieran créditos a favor de ésta.

DECIMA : La Municipalidad no reconocerá mayores costos ni reajustes de precios.

DECIMO PRIMERA: Toda cuestión que se pudiera suscitar entre las partes, emergente de este contrato,   deberá para su resolución, agotar todas las instancias administrativas municipales. 

En caso que la cuestión derive a una instancia que requiera intervención judicial, ésta será ventilada en  el Juzgado en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de Mercedes, Provincia de Buenos Aires.

DECIM0 SEGUNDA: Las partes fijan sus respectivos domicilios en los enunciados supra, donde serán válidas todas las notificaciones judiciales o extra judiciales que se les practiquen.-

----En prueba de conformidad se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y efecto en el lugar y fecha indicados en el acápite del presente.