Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 1145/23
San Andrés de Giles, 19/04/2023
Visto
La nota presentada por el Sr. Director del Hospital Municipal San Andrés, que diera origen al expediente nº 4101-16727/23, y
Considerando
Que a través de la misma, pone en conocimiento del Departamento Ejecutivo, la situación de las agentes municipales Erica Lopez y Gladys Miroglio , solicitando se tomen las medidas pertinentes, siguiendo el circuito administrativo que corresponda.
Que adjunta para corroborar sus dichos , una nota fechada el 17.4.23, suscripta por la Lic. Analia Muñoz Coordinadora del Servicio de Enfermería del Nosocomio, en la cuál manifiesta que la agente Erica Lopez reiteradas veces se negó a higienizar pacientes , que genera un clima de malestar en el servicio y que desacata la autoridad del director en el mismo. Con relación a la agente Gladys Miroglio, manifiesta que hizo abandono del servicio el día de la discusión con Lopez y que existen varias quejas por su mal trato a pacientes y/o familiares de los mismos.
Que obra también en estas actuaciones, copia de una nota dirigida al Sr. Director del Nosocomio, suscripta por la Lic. Muñoz, quién con fecha 5.4.23 informa sobre los hechos acaecídos el 4.4.23, entre las agentes Gladys Miroglio y Erica Lopez, quién protagonizaron una discusión acalorada y en voz alta en el pasillo de internación. Luego de este hecho la agente Miroglio hace un descargo, retirándose del lugar. La agente Lopez se dirige a la Lic. Muñoz, de manera agresiva y con una total falta de respeto, amenazando retirarse y se dirige a la guardia a efectos de solicitar una constancia de atención para retirarse, donde no obtiene resultados positivos. Que solicita se tomen las medidas pertinentes con las agentes aludidas, puesto que son reiteradas sus faltas de respeto y los conflictos que generan en el servicio.
Que, también se adunan al presente expediente, fotocopia del libro de actas del Hospital , donde diversos pacientes se quejan del mal trato y mala atención de la agente Miroglio.
Que en virtud de lo expuesto, resulta procedente impulsar una investigación administrativa tendiente a esclarecer los hechos y deslindar las eventuales responsabilidades emergentes de los mismos, ordenando la sustanciación de actuaciones presumariales, en virtud de lo establecido en el artículo 110 inciso b) del C.C.T. N° 38 aprobado mediante ordenanza N° 2061/17.
Por ello, de conformidad con las atribuciones que le son propias, el Intendente Municipal Interino
D E C R E T A
ARTICULO 1ro.: Ordenar la sustanciación de actuaciones administrativas, tendientes a determinar las responsabilidades ante los hechos denunciados por el Sr. Director del Hospital Municipal San Andrés , con relación al comportamiento de las agentes Erica Lopez y Gladys Miroglio en virtud de lo dispuesto por el artículo 110 inciso b) del C.C.T. N° 38 aprobado mediante ordenanza N° 2061/17.
ARTICULO 2do.: Designar a cargo de la presente investigación al Dr Leandro Zanella, quién actuará con todas las facultades para el cumplimiento de su cometido.
ARTICULO 3ro.: Notificar, registrar y archivar la presente norma.-