Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 1498/23
Mar Chiquita, 24/08/2023
Visto
La necesidad de incorporar al presupuesto recursos con afectación específica y no consideradas en el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos Vigente y;
Considerando
Que resulta necesario ampliar el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del Ejercicio 2023, incorporando los recursos percibidos con afectación específica y no considerados en el cálculo de recursos vigente;
Que mediante el Decreto 124/2023 se aprueba el reglamento que autoriza el Otorgamiento de Subsidios por parte del Gobierno Provincial, y se deroga el Decreto N°467/07, manteniendo su finalidad de atender las dificultades por las que pudieran atravesar tanto personas físicas como instituciones o entidades de bien público, simplificando la metodología para su solicitud e incorporando nuevas modalidades de verificación de su inversión.
Que el MINISTERIO DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES se compromete a otorgar un aporte económico a favor de la MUNICIPALIDAD DE MAR CHIQUITA por la suma de PESOS QUINCE MILLONES ($15.000.000,00), el cual tiene como destino la compra de un Ascensor Neumático con Silla Sumergible.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º- AMPLÍASE el crédito de las partidas parciales que se enumeran a continuación, de acuerdo al siguiente detalle:
Estructura Programática |
Fuente de Financiamiento |
Imputación |
Importe |
1110131000 - 28.00.00 – Promoción del Deporte |
132 - De origen Provincial |
4.3.5.0 – Equipo Educacional y Recreativo |
$15.000.000,00 |
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Total Gastos: |
$15.000.000,00 |
ARTICULO 2º.- CREASE en la Jurisdicción 1110124000 – Secretaría de Economía el Recurso 22.5.01.28 –Subsidio Ascensor Neumático– Ministerio de Desarrollo de la Comunidad PBA.
ARTICULO 3º.- AMPLÍASE el Cálculo de Recursos en el rubro que se enumera a continuación, de acuerdo al siguiente detalle:
JURISD. |
RUBRO |
IMPORTE |
1110124000 |
22.5.01.28 –Subsidio Ascensor Neumático– Ministerio de Desarrollo de la Comunidad PBA |
$15.000.000,00 |
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Total |
$15.000.000,00 |
ARTICULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el Secretario de Economía, Pigliacampo Marcelo Ariel y el Secretario General Arq. Walter Mariano Wischnivetzky.
ARTICULO 5º.- COMUNIQUESE, a quienes demás corresponda y dese al Registro Oficial.