Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº1459/23

Decreto Nº 1459/23

Mar Chiquita, 15/08/2023

Visto

La comunicación cursada por el Honorable Concejo Deliberante por la que se pone en conocimiento del Departamento Ejecutivo la sanción de la Ordenanza  Nº 085/23; y

Considerando

Que dicha Ordenanza fue comunicada al D.E. con fecha 10/08/23.

Que por la misma se ha eximido de los indicadores urbanísticos vigentes a la parcela identificada catastralmente como IV-F-202-16 al solo efecto de poder colocar un techo de chapa traslucida en un balcón interno donde funciona el restaurant “Blackking Beer House;

Que de conformidad a lo establecido en el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del D.E. la promulgación de Ordenanzas;

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

D E C R E T A

ARTICULO 1°: PROMULGUESE, la Ordenanza Municipal N° 085/2023, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 09/08/2023, cuya copia, como anexo, forma parte del presente Decreto.

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario General Arq. Walter Wischnivetzky.

ARTICULO 3º: COMUNIQUESE, a quienes corresponda y dése al Registro Oficial.

VISTO

La nota presentada por el sr. Vaccari Roberto

La ley orgánica de las municipalidades dec. Ley 6769/57

CONSIDERANDO

Que existe un informe favorable desde la secretaria de Obras Publicas de la Municipalidad de Mar Chiquita.

Que en dicho informe se dice que el proceso beneficiario el área, ampliando servicios para los residentes y turistas contribuyendo en el desarrollo comercial.

Que también se recomienda en caso de otorgar la excepción cobrar la correspondiente multa.

POR ELLO;
 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAR CHIQUITA EN USO DE FACULTADES QUE LE SON PROPIAS SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1°: EXIMASE de los indicadores urbanísticos vigentes a la parcela identificada catastralmente como IV-F-202-16 al solo efecto de realizar lo solicitado por nota a fj. 2 del expediente, que consta en croquis a fj. 3. No obstante lo dicho el titular deberá cumplimentar todo lo requerido desde la secretaria de Obras Publicas de la municipalidad. -

ARTICULO 2°: Previo a realizar la obra el titular deberá proceder al pago de los derechos de construcción y la suma correspondiente por el concepto de multa de metros de construcción excedente según ordenanza 088/22. -

ARTICULO 3°: REGISTRESE, COMUNIQUESE Y ARCHIVESE. -

ORDENANZA N° 085.

DADA EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAR CHIQUITA A LOS 9 DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO 2023.