Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº1422/23

Decreto Nº 1422/23

Mar Chiquita, 08/08/2023

Visto

El expediente N° 4072- 525/2021; y

Considerando

Que la Municipalidad se encuentra realizando un proceso de incorporación de inmuebles con deudas mayores a 20 años por medio de la Ley N°24.320.

Que el destino de los inmuebles prescriptos lo es para satisfacer la necesidad de todos los vecinos de Mar Chiquita en materia de acceso a la vivienda;

Que por medio del Expediente N°4072-525/2021 se procedió a la prescripción administrativa de 19 inmuebles con destino a la construcción de viviendas por medio del programa CASA PROPIA. El mismo se ingreso en la Escribanía General de Gobierno, y cumpliendo todos los requisitos administrativos, incluidos los edictos presentados en el Boletín Oficial, y habiéndose labrado al día de la fecha las escrituras correspondientes, las cuales fueron inscriptas en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires.

Que, en Julio de 2023, se recibe reclamo administrativo de la Sra. María Elena Marchi, en su carácter de heredera declarada del titular registral anterior, solicitando la retrocesión del procedimiento realizado. Presentando junto con su reclamo la Escritura Traslativa de Dominio de los inmuebles cuya nomenclatura catastral son: Partido 69 Circunscripción: 4 Sección: T Manzana: 119 Parcela: 2 y 3.

Que mediante la Prescripción Administrativa, se regularizan las situaciones de dominio existentes, como también se recurre a la misma como instrumento de gestión de suelo. En dable destacar, que este caso en particular el expediente fue iniciado con la finalidad de la construcción de viviendas.

Que, ante las reclamas en esta instancia administrativa de la Sra. Marchi, no debiera dejar de considerarse los antecedentes judiciales en cuestiones similares para su resolución, y el probable perjuicio para el Municipio en materia de costas y costos;

Que sostenemos que la política de hábitat tiene que encontrar un equilibrio entre el derecho a tener una vivienda y la propiedad privada, siendo estos dos derechos constitucionales que debemos proteger.

 Que se entiende que la reclamante ha probado el derecho que le asiste,

POR ELLO;

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADAS LEGALES

DECRETA

ARTICULO 1º: RETROTRAIGASE el Dominio Privado de los Inmuebles Identificados como: Partido 69 Circunscripción: 4 Sección: T Manzana: 119 Parcela: 2 y 3 a favor de los anteriores titulares registrales, MARCHI, Luis Enrique MI: 2.841.589 y/o a quien corresponda según escritura antecedente conforme los considerandos del presente.

ARTICULO 2°: DESIGNAR a la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a fines de realizar los actos notariales de rigor para obtener la inscripción dominial, por parte de la Dirección Provincial de la Propiedad Inmueble. 

ARTICULO 3°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno ad honorem, Arq. Walter Mariano Wischnivetzky. 

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, y dese al Registro Oficial.