Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº1395/23

Decreto Nº 1395/23

Mar Chiquita, 07/08/2023

Visto

El Expte. N° 716/23 donde tramita el llamado a Concurso de Precios Nº 53/23 para la “ADQUISICIÓN COMBUSTIBLE PARA MAR CHIQUITA”; y

Considerando

Que el concurso de precios fue dispuesto por Decreto Nº 1340 de fecha 27 de julio de 2023, con un Presupuesto Oficial de Pesos Tres Millones Trescientos Sesenta y Siete Mil Ochocientos ($ 3.367.800.00);

Que el día 04 de agosto se realizó el acto de apertura, con la presentación de dos (2) oferentes, A) la Firma “Mar Chiquita Combustible SA.”, quien cotizada el ítems 1° por la suma de Pesos Un Millón Ochocientos Ochenta y Cuatro Mil Novecientos Treinta y Cinto ($1.884.935,00) ítems N°2 e Ítems 3° no cotiza .B) la Firma Don Felix SA  quien cotiza el items 1° por la suma de Pesos Un Millón Ochocientos Catorce Mil Ochocientos ($1.814.800,00) Items N°2 por la suma de Pesos Un Millon Quinientos Treinta y Dos Mil ($1.532.000,00) e Item N° 3 por la suma de Pesos Cuatrocientos Diecinueve Mil Setecientos ($419.700,00), total de los Items cotizados Tres Millones Setecientos Sesenta y Seis Mil Quinientos ($3.766.500,00);

 Que si bien la oferta supera el Presupuesto Oficial en la suma de Pesos Trescientos Noventa y Ocho Mil Setecientos ($ 398.700,00) dicho valor no alcanza al que correspondería para resolver con otra modalidad de compra como puede ser la Licitación Privada;

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: ADJUDICASE, el CONCURSO DE PRECIOS Nº 53/23, “ADQUISICIÓN COMBUSTIBLE PARA MAR CHIQUITA al proveedor “DON FELIX S.A.”, por la suma total de PESOS TRES MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS ($ 3.766.500,00).

ARTICULO 2º: La forma de pago será en un plazo de treinta (30) días desde la presentación de la factura y recepción de conformidad. 

ARTICULO 3º: El gasto ordenado en el Artículo 1º será imputado a la Jurisdicción 1110135000 – Delegación Mar Chiquita – Cat. Prog. 54.01.00 - Fuente de Financiamiento 110 del Tesoro Municipal. 

ARTICULO 4º: PROSÍGANSE las actuaciones a través de la Oficina de Compras.

ARTICULO 5º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Economía Marcelo A. Pigliacampo y por el Secretario General Arq. Walter M. Wischnivetzky.

ARTICULO 6º: NOTIFÍQUESE a quienes corresponda y dése al Registro Oficial.