Boletines/Rauch
Decreto Nº 564/23
Rauch, 14/06/2023
Visto
La solicitud de cambio de domicilio del comercio en el rubro de “Confección de Prendas de Vestir para Bebes y Niños”, y Anexo del rubro “Venta al por Mayor de Prendas y Accesorios”, realizada por la Sra. María Valeria Guzmán D.N.I. 28.289.328, que tramita en Expediente Nº 4093-13235/18, y su Alcance I, inscripción número 2-157-261 letra P.-
La Ordenanza Fiscal Nº 248/00, según texto ordenado y modificado por Ordenanza Nº 1296/18 y modificatoria Nº 1431/20; y
Considerando
Que mediante nota agregada en las actuaciones mencionadas en los vistos, la Sra. Guzmán solicita el cambio de domicilio de su comercio a Avenida San Martín Nº 1078 de nuestra ciudad, y el anexo del rubro “Venta al por Mayor de Prendas y Accesorios”.
Que conforme lo informado por las respectivas Oficinas Municipales, de la documentación aportada a los expedientes mencionados en los vistos, a la fecha de la solicitud, surge que no existe impedimento alguno para dar curso favorable a la misma, en los términos del artículo 107 bis apartado dos de la Ordenanza 1431/20, para los rubros “Confección de Prendas de Vestir para Bebes y Niños” y Anexo del rubro “Venta al por Mayor de Prendas y Accesorios de Vestir”.
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Rauch, en uso de las facultades que le son propias:
D E C R E T A.-
Artículo 1ro.- Conceder la habilitación permanente del comercio en el rubro de “Confección de Prendas de Vestir para Bebes y Niños” y Anexo del rubro “Venta al por Mayor de Prendas y Accesorios de Vestir”, ubicado en Avenida San Martín Nº 1078 de nuestra ciudad, a la Sra. María Valeria Guzmán D.N.I. 28.289.328, inscripción número 2-157-261 letra P, en un todo de acuerdo con los vistos y considerandos del presente.-
Artículo 2do.- Por la Oficina de Inspección General notifíquese a la requirente, haciéndose entrega del Certificado de Habilitación Original, debiendo éste ser enmarcado y colocado en lugar visible de dicho comercio, bajo pena de multa en caso contrario.-
Artículo 3ro.- La Oficina de Inspección General deberá controlar el cumplimiento de los recaudos previstos, en el artículo 107 bis de la Ordenanza Fiscal, para la renovación del Certificado de Habilitación correspondiente.-
Artículo 4to.- El presente decreto será refrendado por el Jefe de Gabinete.-
Artículo 5to.- Cúmplase, comuníquese, tomen conocimiento las oficinas municipales que correspondan y dése al Libro de Decretos.-
Fdo. Dr. Gustavo Javier Palazzo - Jefe de Gabinete.
Fdo. Cr. Roberto Maximiliano Suescun - Intendente Municipal.