Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 347
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 18/08/2023
VISTO
El expediente 577-3101-2007 por el cual se presentó el Proyecto de la Tarjeta Social en Bahía Blanca, la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades, y
CONSIDERANDO
Que a través del Decreto Municipal Nº 395 se aprobó el Proyecto de “Tarjeta Social Bahía Blanca”, con el objeto de unificar distintos programas de asistencia alimentaría en ejecución, en un único programa abarcativo que desarrolle capacidades en los destinatarios a fin de mejorar el estado nutricional de las familias, estimulando la responsabilidad y la autonomía.
Que en este sentido, a los efectos de dar continuidad a los programas que pretenden garantizar la seguridad alimentaría de personas en condición de vulnerabilidad social, se está llevando a cabo, a través de la Secretaría de Salud de Bahía Blanca, un Programa para Niños de Bajo Peso en el marco del Plan Nacional de Seguridad Alimentaría.
Que a fs. 1 la Secretaria de Salud solicita la transferencia de fondos Cabal por un monto de pesos doscientos diez mil ($210.000.-), correspondientes a los veintiun (21) beneficiarios del Programa “Protegiendo a la Niñez”, destinado a Niños con Bajo Peso a depositar en la Cuenta Bancaria Nº 001-039232/0 del Banco Credicoop CL, Sucursal Centro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Nº001), de titularidad de Cabal, en un todo de acuerdo a la cláusula cuarta inc 1 de dicho convenio.
Que los mismos se encuentran detallados en el Anexos I, renovaciones y modificaciones y Anexo II altas, del mes de Agosto de 2023, cuyos movimientos vienen siendo tramitados en expedientes administrativos individuales con el seguimiento correspondiente por parte de la trabajadora social actuante,
Que en el marco del convenio entre Municipalidad de Bahía Blanca y el Banco Provincia de Buenos Aires para el Servicio Pago a Proveedores – Cartera Comercial, adjunto a fojas 3, el municipio, además deberá transferir, por dicha transacción al Banco Cooperativo Ltdo., un monto de pesos diez ($10.-) según lo estipulado en el artículo séptimo, inciso b de dicho convenio.-
Que las tarjetas magnéticas se sustentan en el marco del convenio entre la Municipalidad de Bahía Blanca y Cabal Cooperativa de Provisión de Servicios Limitada, para el Servicio de Tarjetas Prepagas, Servicio de Emisión, Administración y Entrega de Tarjetas Precargables para cubrir las necesidades del Proyecto “Tarjeta Social Bahía Blanca”, según consta en los presentes actuados de fs. 4 a fs 7.
Teniendo en cuenta lo expuesto, la imputación de la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades
RESUELVE
PRIMERO: Autorizar a Contaduría General a liquidar las ayudas económicas a favor de los beneficiarios del Programa “Protegiendo a la Niñez”, destinado a Niños con Bajo Peso, que fueran gestionadas a través de la Secretaría de Salud detallados en el Anexo I, incorporado en la presente resolución, según el importe que se menciona en cada caso, correspondiente al mes de Agosto de 2023.-
SEGUNDO: Autorizar a Contaduría General a liquidar las ayudas económicas a favor de los beneficiarios del Programa “Protegiendo a la Niñez”, destinado a Niños con Bajo Peso, que fueran gestionadas a través de la Secretaría de Salud, incorporados en el mes de Agosto de 2023, según se detalla en el Anexo II de la presente resolución.-
TERCERO: Autorícese a Contaduría General a transferir a fondos Cabal un monto de pesos diez ($10) según lo estipulado en el artículo séptimo, inciso b del convenio para el Servicio Pago a Proveedores – Cartera Comercial, adjunto a fojas 3 de dicho convenio.-
CUARTO: Autorícese a Contaduría General a transferir a fondos Cabal por un monto de pesos doscientos diez mil ($210.000.-), correspondientes a los veintiun (21) beneficiarios del Programa “Protegiendo a la Niñez”, destinado a Niños con Bajo Peso a depositar en la Cuenta Bancaria Nº 001-039232/0 del Banco Credicoop CL, Sucursal Centro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Nº001), de titularidad de Cabal, correspondientes al mes de Agosto de 2023.-
QUINTO: El presente gasto por la suma total de pesos doscientos diez mil diez ($210.010.-) deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 11107000, Act/ Prog/Proy 72, Gasto 5140.-
SEXTO: Cúmplase, tomen nota Subsecretaría de Gestión y Economía de Salud, Contaduría General, dése al R.O. y ARCHIVESE.-
"Los datos contenidos en el presente Acto Administrativo, se encuentran protegidos por Ordenanza 16.792, que establece la aplicación del criterio de disociación de datos para la publicación de la información relativa a los beneficiarios de Planes Sociales y expresamente prohíbe la publicación de nombre, apellido y domicilio de los beneficiarios"