Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 1983
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 28/07/2023
Visto las presentes actuaciones, atento la nota presentada a a fojas 2 Marcelo Alberto Zeppa, D.N.I. 20.392.911, en carácter de Fiduciario de FIDEICOMISO TORRE FARO II, Contribuyente Nº 90.951, donde solicita la excepción de pago en la Tasa por Otros Servicios Municipales, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Departamento Recaudación informa a fojas 51 que atento lo informado por el sector Ingresos Brutos a fojas 50 indicando que no se registra movimiento en el impuesto desde marzo 2022 a mayo 2023, sugiere exceptuar del pago de la Tasa por Otros Servicios Municipales, por los anticipos comprendidos entre 02/2022 hasta 03/2023, del contribuyente 90951, Fideicomiso Torre Faro II, conforme lo establecido por el Artículo Nº 261 Inciso b) de las Ordenanzas Fiscales 2022 y 2023, no registrando otras deudas con este municipio;
Que, la parte pertinente del Artículo Nº 261 de las Ordenanzas Fiscales 2022 y 2023 establece: “El pago de la tasa deberá efectuarse en el momento de otorgarse autorizaciones, cuando resulte pertinente, o en el tiempo y forma que para el resto de los casos establezca la Ordenanza Impositiva, según corresponda. Casos especiales: b) En los restantes supuestos podrá exceptuarse temporalmente del pago de esta tasa a quien justifique debidamente su inactividad.”;
Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:
- RESUELVE -
ARTÍCULO 1°): Exceptúese a FIDEICOMISO TORRE FARO II, C.U.I.T. Nº 30-71751586-9, Contribuyente Nº 90.951, del pago de la Tasa por Otros Servicios Municipales, por los anticipos comprendidos entre 02/2022 hasta 03/2023, en todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo Nº 261, Inciso b) de las Ordenanzas Fiscales 2022 y 2023 y a los considerandos de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°): Cúmplase, dése al R.O., notifíquese, tome nota Departamento de Recaudación; y hecho, ARCHÍVESE.-