Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 203
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 17/08/2023
Visto la nota elevada por el Director del Instituto Cultural a fs. 1, por la cual comunica que el señor Hernán Moisés, escultor y gestor cultural local, se encuentra abocado a la organización del “Festival Fantástico-Medieval Última Alianza”, que se llevará a cabo durante el mes de octubre del corriente en el predio del Círculo Bahiense de Arquería de nuestra ciudad, y
Considerando
Que el desarrollo del mencionado evento forma parte del cronograma cultural de nuestra ciudad, por lo que se encuentra incluido en el marco de la Ordenanza N° 19.038 (sancionada el 29 de junio de 2017) que crea el Fondo Municipal de Financiación de Eventos Artísticos y Culturales de Organización Regular y Continuidad en el tiempo con el Instituto Cultural de Bahía Blanca como autoridad de aplicación, como consta en el artículo 4.
Que en esta ocasión se llevará a cabo la cuarta edición del evento, que se ambienta en la cultura medieval desde sus perspectivas fantástica e histórica, y cuyo objetivo es la difusión de éstas temáticas.
Que durante la última década ha tomado mucha relevancia la temática vikinga y la cultura de los Países Bajos.
Que la creciente popularidad de estos eventos ha producido en muchas personas el interés por llevar a cabo alguna de las actividades descriptas e incluso generar fuentes de trabajo a partir de ellas.
Que Última Alianza ya tuvo tres ediciones, ambas con un impacto superador en el aporte a la diversidad cultural de los eventos artísticos de la ciudad, sumando conocimiento histórico al público que cada vez demuestra más interés.
Que el encuentro cuenta con un área de feria, demostraciones de tiro con arco y flecha y combate medieval, a cargo de personal especializado en ambos deportes.
Que, a su vez, la propuesta de actividades incluye talleres y workshops, así como música en vivo de artistas locales.
Que se ha solicitado un subsidio destinado a solventar gastos de producción y coordinación, tales como sonido e iluminación, alquiler de baños químicos, alquiler de sillas y demás gastos que se pudieran ocasionar. Considerando que ha sido previsto en el Presupuesto de Gastos del corriente ejercicio el otorgamiento de una ayuda destinada a tal fin y atento a la imputación de los Departamentos de Planeamiento Presupuestario y la Contaduría General a fs. 1 vta.; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- R E S U E L V E -
PRIMERO: Otórgase un subsidio a nombre de Hernán MOISÉS, C.U.I.L.-T: 20-32716404-0; por la suma de pesos cincuenta mil ($ 50.000,-) a fin de solventar gastos de producción y coordinación, tales como sonido e iluminación, alquiler de baños químicos, alquiler de sillas y demás gastos que demanden la organización del “Festival Fantástico-Medieval Última Alianza”, que se llevará a cabo durante el mes de octubre del corriente en el predio del Círculo Bahiense de Arquería de nuestra ciudad, en un todo de acuerdo al considerando de la presente Resolución.-
SEGUNDO: Autorízase a Contaduría General a abonar a Hernán MOISÉS, C.U.I.L.-T: 20-32716404-0; la suma de pesos cincuenta mil ($ 50.000,-) atento a lo indicado en el artículo Primero.-
TERCERO: El presente gasto deberá imputarse a la Partida del Presupuesto de Gastos vigente: Fuente: 110, Jurisdicción: 1110108000, Cat. Prog.: 84. 00. 00, Hechos Artísticos Culturales No Eventuales - Gasto. 5.1.4.0.-
CUARTO: Notifíquese a la persona beneficiaria que, una vez recibidos los fondos, deberá rendir cuentas ante el Departamento Contaduría General, en el plazo de noventa (90) días, respetando los lineamientos establecidos en los artículos 131° al 134° del Reglamento de la Contabilidad y cumplimentando el Balance de Inversión; bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 52° de las Disposiciones anexas al Decreto 2980/00- RAFAM.-
QUINTO: Déjese constancia que, de acuerdo al artículo 10 del Decreto 1873/2019 que reglamenta la Ordenanza 19.038, el beneficiario deberá referenciar el aporte y auspicio, haciendo uso de la gráfica oficial del Municipio en sus piezas de comunicación.
SEXTO: Encomendar al Instituto Cultural el seguimiento del trámite de rendición de fondos por parte de la persona beneficiaria dispuesto en el artículo 4° del presente acto administrativo.-
SÉPTIMO: Cúmplase, notifíquese al beneficiario mediante entrega de copia certificada de la presente, tome nota Contaduría General, dése al R.O. y ARCHÍVESE.