Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 303
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 15/08/2023
VISTO el presente expediente iniciado como ALCANCE N° 2 del expediente 416R-4965-2022, por el cual se tramita la aplicación de una multa por incumplimiento de plazos de contrato, por parte de la Empresa MICSER S.R.L., adjudicataria de la obra “REFACCIÓN INSTALACIÓN DE GAS Y COMEDOR E.P. N° 47”, por Decreto Nº 2842/2022 y:
CONSIDERANDO:
Que a fs. 1 consta informe del Departamento Proyectos y Obras, señalando que la obra se encuentra con su plazo de ejecución de obra vencido, ya que de acuerdo a la fecha del Acta de Replanteo realizada el día 4 de Noviembre de 2022 y teniendo en cuenta que la obra tiene un plazo de ejecución de 210 días corridos, la fecha de finalización tendría que haber sido el día 2 de Junio de 2023.
Que la oficina técnica informa que la Empresa Contratista fue notificada por Orden de Servicio N° 6 con fecha 31 de Julio de 2023, que hasta esa fecha lleva 59 días de atraso en finalizar la obra (28 días correspondientes al mes de Junio y 31 días de Julio). Se deja constancia que las causas de dicho atraso son imputables al contratista.. Se aclara que la empresa no formuló ningún descargo posterior dentro de los 3 días hábiles de su notificación.-
Que dadas estas condiciones y lo establecido por los Artículos N° 46, 63, 64 y 89 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, para la contratación de Obras Públicas de la Municipalidad de Bahía Blanca, se deberá aplicar una Multa por Mora en la finalización de los trabajos, equivalente a cero con treinta y tres decimos por mil (0,33%º) del monto del Contrato (monto original más los importes de las ampliaciones de contrato, adicionales y redeterminaciones de precios aprobadas) por cada día de atraso en la terminación total de la obra. También se indica que el importe de la multa será deducido del primer certificado que el Contratista debe cobrar después de la aplicación de ésta, es decir, que teniendo en cuenta lo expresado anteriormente se desprende lo siguiente: Monto del Contrato $40.684.197,48- Resultando el 0,33%º del monto del contrato la suma de $13.425,79.-
Dado que la demora en finalizar la obra es de 59 días corridos, cabe aclarar que 28 días ya fueron considerados en el informe Técnico N° 1 ( Alcance N° 416R-4965-2022-1-0, Resolución N° 276/2023); por lo que restan por considerar 31 días resulta un importe total de $416.199,49 ($13.425,79 x 31 días).-
Que el Departamento técnico deja constancia que luego de transcurridos 3 días hábiles posteriores a la Orden de Servicio, la empresa contratista no formuló ningún descargo. De acuerdo a lo indicado en el articulo 90º del pliego Único de Bases y Condiciones Generales para Contratación de Obra Pública, se sugiere se lo otorguen 3 (tres) días a la contratista para que salde el monto de la multa, el cual tendrá que ser depositado en una cuenta a nombre del Municipio de Bahía Blanca.
Que el Departamento Técnico señala que será la Superioridad la encargada de analizar y dictaminar desde el punto de vista legal, si se deberá aplicar o no lo estipulado en los artículos antes mencionados para dicha obra, sugiriendo se aplique dicha multa.
Que a fs. 2 consta dictamen legal de la Abogada de la Secretaría de Infraestructura, del que surge que en el Pliego de Bases y Condiciones como en el contrato de Obra Pública celebrado, se prevé la potestad sancionatoria del comitente, frente a los incumplimientos de la parte contratista. La Asesora Letrada dictamina que conforme el articulo 89 inciso b del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales es viable la aplicación de la multa establecida. De acuerdo con las obligaciones del Contratista en el marco de los artículos 63 y 64 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, encontrándose acreditado el incumplimiento por parte de ésta.
Por último, la Letrada expone que la documentación agregada al expediente acreditaría los incumplimientos contractuales por parte de la empresa contratista. Asimismo sugiere se proceda a dictar el acto resolutivo pertinente en el que se imponga a la contratista, MICSER S.R.L, cumpliendo con todos los procedimientos legales dispuestos por la OG 267.
Que a fojas 13/14 se informa el numero de cuenta, CBU y Recurso donde se deberán ingresar los fondos provenientes del pago de la multa aplicada a la Empresa Contratista .
Por ello; atento lo sugerido por el Departamento Proyectos y Obras; lo dictaminado por el área legal y de acuerdo a lo establecido en el Contrato de Obra, en su CLÁUSULA 15º ítem a) PENALIDADES inc.2.- Multa por mora en el cumplimiento de sus obligaciones; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Aplícase a la Empresa MICSER S.R.L, adjudicataria de la obra “REFACCIÓN INSTALACIÓN DE GAS Y COMEDOR E.P. N°47”, una multa de PESOS CUATROCIENTOS DIECISÉIS MIL CIENTO NOVENTA Y NUEVE CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($416.199,49.-), correspondiente a TREINTA Y UN (31) días de atraso en el vencimiento del plazo Contractual, de acuerdo a lo dispuesto en el CLÁUSULA 15º ítem a) PENALIDADES, inc.2.-Multa por mora en el cumplimiento de su plazo, del contrato de obra y Artículo 64° y 89° inciso b del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.-
ARTICULO 2º: Intímese al Contratista, de acuerdo con lo estipulado en el articulo 90º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales a abonar el monto de la multa aplicada en el articulo 1º de la presente, en el plazo de tres (3) días hábiles y acompañar al presente el comprobante del pago. Dicho monto deberá depositarse en la cuenta corriente del Banco Provincia de Buenos Aires, sucursal 6229 de Bahía Blanca, Numero de Cuenta 52720/6, Cuenta Corriente en pesos, CBU 0140305101622905272064, Cuit 30-99900209-5, imputándose dicho monto al RECURSO 12.6.01.00 Multa por Contravenciones. Vencido el plazo sin haber acompañado el comprobante de pago, podrá ser descontado del primer certificado que se extienda, de acuerdo a lo establecido por el articulo 90º citado.
ARTÍCULO 3º: Cúmplase; dése al R.O.; notifíquese a la empresa MICSER S.R.L, por medio de Cédula de Notificación a través de la Dirección Técnica Jurídica y tomen conocimiento Contaduría General, Departamento Compras, Registro de Licitadores, Tesorería, Subdirección de Presupuesto, y Departamento Proyectos y Obras.