Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 3102
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 14/08/2023
Visto lo solicitado por la Contaduría General a fs. 36 y 36 vta, en relación a la destrucción de documentación con antigüedad mayor a diez años (hasta el año 2012 inclusive), dirigida al Archivo Histórico Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Director del Archivo Histórico de la Provincia de Buenos Aires a fs. 38 sugiere se conserve la documentación que pueda revista valor histórico tal como: convenios de pago, libros de imputaciones preventivas y notificaciones de avisos de deudas, manifestando que el resto de la documentación no reviste valor histórico, bibliográfico o estadístico;
Que, la Ley Orgánica de las Municipalidades, en su Artículo 283° establece: “Todos los documentos, libros y publicaciones municipales serán conservados en archivos organizados según los métodos que aconseje el Archivo Histórico Provincial. Pasados diez (10) años con consentimiento previo de esta Institución, podrán ser destruidos los que no revistan interés histórico, bibliográfico o estadístico y los que no sean necesarios conservar para amparar derechos del Estado o de terceros.”;
Por todo ello, atento a lo informado por el Departamento Contaduría a fs. 39, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades;
DECRETA
ARTICULO 1º)- Autorizase la destrucción de la documentación con antigüedad mayor a diez (10) años (hasta el año 2012 inclusive) que se detalla a continuación:
ARTICULO 2°)- Dejase constancia que deberá conservarse de la serie documental, convenios de pago, libros de imputaciones preventivas y notificaciones de aviso de deudas.
ARTICULO 3°)- Deberá dejarse un muestreo de cada tipo documental, a fin de asegurar la futura investigación histórica.
ARTICULO 4°)- Cúmplase, dése al R.O., tome nota a sus efectos Departamento de Contaduría General, Departamento Tesorería, Departamento Recaudación, todas las Secretarias Municipales; hecho: ARCHIVESE.-