Boletines/Rivadavia
Decreto Nº 651/2023
Rivadavia, 26/04/2023
Visto
Lo dispuesto en el Artículo 193º, incisos 2) y 3) de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Considerando
Lo establecido en los artículos 93º y 94º de la Ley Orgánica de las Municipalidades para la integración de la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes;
Que en consecuencia corresponde al Departamento Ejecutivo disponer la habilitación del Registro de Mayores Contribuyentes;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE RIVADAVIA, EN USO DE SUS FACULTADES
D E C R E T A
ARTICULO 1º.- Procédase, a partir del día 1º de mayo y hasta el 15 de mayo de 2023 inclusive, a la apertura del Registro de Mayores Contribuyentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades.-
ARTICULO 2º.- Déjase constancia que dicho Registro se encontrará a disposición de los interesados en la oficina de Despacho Público, de lunes a viernes de 8.00 a 13.30 Hs.-
ARTICULO 3º.- Efectúense las publicaciones de rigor.-
ARTICULO 4°.- Comuníquese, regístrese y archívese.-
NICOLÁS MARTÍN GONZÁLEZ JAVIER ULISES REYNOSO
Secretario de Economía y Finanzas Intendente Municipal