Boletines/San Andrés de Giles

Resolución Nº092/23

Resolución Nº 092/23

San Andrés de Giles, 23/03/2023

Visto

La solicitud de Certificado de Uso Conforme ingresada por el  señor FERNANDO OSCAR COLOMBO,  en relación a la actividad que registra en el distrito de cría de  cerdos  y que fuera presentada en la Mesa General de Entradas de la Municipalidad a través del expediente nº 4101-16069/23 con fecha 07/02/2023 ; y

Considerando

Que dicha actividad del peticionante, se lleva a cabo en la parcelas cuya    Nomenclatura Catastral:  Circ. II, Pc. 95B  correspondiendo  actualmente a la  zona rural.

                                     Que el uso declarado se corresponde con  ganadería intensiva 2   el que resulta no conforme , de acuerdo con  las normas del Código de Planeamiento Urbano.

                                             Con fecha 23.03.2023, la Sra. Directora de Planeamiento y Obras Particulares del Municipio,  informa que el requirente ha solicitado un certificado de uso conforme para la parcela mencionada, donde se especifica que la actividad a desarrollar es la de cría de cerdos  , encuadrándose dentro de los tipos de uso, como ganadería intensiva 2 .

                                            Que, la parcela se encuentra ubicada en la zona rural . El uso solicitado corresponde a ganadería intensiva 2 y el Código de Ordenamiento Urbano y Territorial no contempla dicho uso en la zona.

                                            Que, aclara la funcionaria, que la actividad que se pretende habilitar, estaba permitida al momento que se empezó con el emprendimiento, pero la nueva normativa vigente desde febrero de 2021, ya no permite dicho uso, correspondiendo entonces otorgar un certificado de preexistencia a la actividad mencionada.

                                            Que el requirente aporta documentación, de la cuál se desprende en forma indubitada, que la actividad se desarrolla efectivamente , en forma ininterrumpida desde antes del año 2021

                                            Que, se expide en las actuaciones la Sra. Directora de Producción,  el Sr. Director de Bromatología, considerando viable acceder a lo requerido.

                                          Que en virtud de los elementos aportados, se puede concluir que la explotación es anterior a la sanción del Código de Ordenamiento aprobado por el Municipio, mediante la normativa vigente desde febrero de 2021 , por lo que corresponde  otorgar un certificado de preexistencia para la explotación de cria de aves de corral

                                             

Que, en ejercicio de sus atribuciones, el Intendente Municipal Interino

R E S U E L V E

 

ARTICULO 1º: Otorgar al emprendimiento cuyo titular es el Sr. FERNANDO OSCAR COLOMBO DNI nº 20.019.605    ,   un Certificado de subsistencia,  referido a su actividad de “CRIA DE CERDOS  ” que se emplaza en el Area Rural   , Nomenclatura Catastral: Circ. II, Pc. 95B   del Partido de San Andrés de Giles, en virtud de lo establecido en el Código de Ordenamiento Urbano punto 2.2. Uso No Conforme Item 2.2.1. Certificado de Subsistencia

ARTICULO 2º:  La vigencia del Certificado de subsistencia  provisorio que se otorga, queda supeditada a que la firma titular de la explotación no cambie total o parcialmente el rubro de la misma, ni amplíe o introduzca modificaciones en las instalaciones sin previa autorización, ni modifique la titularidad jurídica del emprendimiento, o la Municipalidad revoque dicho Certificado por la configuración de otras causas que lo justifiquen.

ARTICULO 3º: Dejar expresamente establecido, que será condición sine quanon para la vigencia de la subsistencia que se otorga a través del presente acto administrativo, que el requirente obtenga la habilitación municipal, provincial y/o nacional que corresponda, para el desarrollo de su actividad.

ARTICULO 4º:   Registrar, dar  intervención a las áreas que corresponda en virtud de la naturaleza de la presente norma, notificar a la firma peticionante, publicar y archivar.