Boletines/Vicente López

Decreto Nº4725/23

Decreto Nº 4725/23

Vicente López, 15/08/2023

Referencia: EXPTE - 4119-008011/2016

Visto

La Ordenanza N° 35230, el Decreto Reglamentario N° 2740/17 y su modificatorio N° 5566/2019 y;

Considerando

Que la Ordenanza Nº 35.230 estableció un sistema de redeterminación de precios previendo la posibilidad de su aplicación a los contratos de locación de servicios de tracto sucesivo con plazo de un año o superior en ejecución al momento de la entrada en vigencia de la ordenanza ut supra mencionada.

Que dicha Ordenanza fue reglamentada a través de los Decretos Nros. 2740/17 y 5566/19.

Que la aplicación del sistema se vio afectado por el aumento generalizado en los precios de los bienes y servicios, razón por la cual el porcentaje que determina la aplicación del régimen de redeterminación de precios ha quedado desfazado respecto de dichos incrementos en los precios, puntualmente en aquellos relacionados con la locación de servicios de contratación habitual por parte de este Municipio.

Que, en este contexto, resulta conveniente ajustar, con carácter general, el porcentaje de variación promedio ponderado de los factores principales que componen el precio del contrato, para habilitar el inicio de los procesos de redeterminación de precios en los contratos de locación de servicios.

Que, asimismo, con el propósito de mantener inalterada la ecuación económica de los contratos de prestación de servicios, resulta imperioso eliminar el requisito de la presentación de solicitudes de redeterminación de precios con carácter trimestral. De esta manera se evitarán perjuicios económicos a los proveedores, como así también a la administración por posibles incumplimientos de las prestaciones.

Que, en consonancia con lo expuesto, el presente decreto prevé la aprobación de un procedimiento tendiente a dotar de agilidad y eficiencia a los trámites de solicitud de adecuación de precios por parte de los proveedores.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 1 y 6 de la Ordenanza N° 35.230 y lo dispuesto en el Decreto Ley 6769/58, articulo 108, inciso 3.

Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias

DECRETA

Artículo 1º.- FIJAR en OCHO POR CIENTO (8%) el porcentaje de variación promedio ponderada al que hace referencia el inciso 1), apartado 1.1., del ANEXO aprobado por Decreto N° 2740/17, modificado por el Decreto N° 5566/19, ambos reglamentarios de la Ordenanza N° 35.230.

Artículo 2º.- MODIFICAR el inciso 2), apartado 1.1., del ANEXO aprobado por Decreto N° 2740/17, modificado por el Decreto N° 5566/19, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“2) las solicitudes de redeterminación de precios serán admitidas tomando como único parámetro el porcentaje al que refiere el inciso 1), independientemente del plazo transcurrido desde la presentación de la oferta o de la última redeterminación”.

Artículo 3º.- Las modificaciones contenidas en el presente decreto, se aplicarán a aquellos contratos de locación de servicios que se perfeccionen con posterioridad a su publicación. Los contratos en curso de ejecución al momento del dictado del presente se regirán por las normas contenidas en el llamado correspondiente. Sin perjuicio de ello, podrán aplicarse a dichos contratos las disposiciones del presente Decreto siempre que el proveedor adhiriera a sus términos dentro del plazo de 45 días desde la notificación del presente.

Artículo 4º.- APROBAR el procedimiento para Solicitud de Redeterminación de Precios de Servicios, que como ANEXO I forma parte integrante del presente decreto.

Artículo 5º.- Refrenden el presente decreto los señores secretarios de Gobierno y Legal y Técnica y de Hacienda y Finanzas.

Artículo 6º.- Tomen conocimiento todas las Secretarías del Departamento Ejecutivo.

Artículo 7º.- Dar Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y, oportunamente, archivar.

Fdo: Martinez- Botello- Vittorini- Hracek 

Nota: Para ver el anexo, entrar en Anexo. En la versión impresa, el Anexo está al final del Boletín

Anexos

Decreto 4725/23

Anexo

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