Boletines/Vicente López

Decreto Nº4624/23

Decreto Nº 4624/23

Vicente López, 11/08/2023

Referencia: EXPTE - EEMVL-2266-2023

Visto

El segundo llamado a Licitación Privada Nº 96 dispuesto por Decreto Nº 3818/23 por la “CONEXIÓN DE CRUCES SEMAFORICOS DE LA CALLE SAN MARTIN A LA CENTRAL DE GESTION DE TRANSITO”, y

Considerando

Que conforme surge del Acta de Apertura de ofertas de fs. 431 se ha presentado un oferente.

Que a fs. 434/435 surge el análisis comparativo de ofertas, efectuado por la Dirección General de Compras y Licitaciones.

Que habiendo evaluado las ofertas, a fs. 438/439 la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación, creada conforme lo establecido en el art. 25 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, aconseja por unanimidad adjudicar a la firma MSTRAFFIC SRL por un total de $ 10.972.977,60.-

Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias

DECRETA

Artículo 1º.- ADJUDICAR a la firma MSTRAFFIC SRL, por un monto total de Pesos diez millones novecientos setenta y dos mil novecientos setenta y siete con sesenta centavos ($10.972.977,60), la “CONEXIÓN DE CRUCES SEMAFORICOS DE LA CALLE SAN MARTIN A LA CENTRAL DE GESTION DE TRANSITO”, en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, al Pliego de Bases y Condiciones Generales y al Dictamen de la Comisión Ad Hoc obrante a fs. 438/439.

Artículo 2º.- La suma de Pesos diez millones novecientos setenta y dos mil novecientos setenta y siete con sesenta centavos ($10.972.977,60), se encuentra registrada en la Solicitud de Gasto Nro. 0-4877 obrante a fs. 42/44 y Ajuste de Preventiva N° 9-000837 de fs. 443.

Artículo 3º.- La firma adjudicataria deberá presentar en concepto de cumplimiento de contrato, póliza de caución por el 5% (cinco por ciento) del importe total de la misma, conforme lo dispuesto por el Artículo 18 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y en concepto de anticipo financiero, por el 30% (treinta por ciento), conforme lo dispuesto
por el Artículo 30 del mismo Pliego.

Artículo 4º.- Refrendar el presente Decreto los Señores Secretarios de Hacienda y Finanzas, de Servicios Públicos y el Sr. Jefe de Gabinete.

Artículo 5º.- Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Contaduría, Compras y Licitaciones y Tesorería), de Servicios Públicos y Jefatura de Gabinete.

Artículo 6º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.

Fdo: Martinez- Hracek- Baistrocchi- Antiñolo