Boletines/Vicente López

Decreto Nº4619/23

Decreto Nº 4619/23

Vicente López, 11/08/2023

Referencia: EXPTE - EEMVL-2280-2023

Visto

Las ofertas presentadas en el llamado a Licitación Privada Nº 105 dispuesto por Decreto Nº 3386/23 por la “PROVISION DE SILLAS Y ACCESORIOS PARA LA DELEGACION MUNRO”, y

Considerando

Que conforme surge del acta de apertura de ofertas de fs. 344 se han presentado tres oferentes, siendo uno de ellos rechazado en el mismo acto.

Que a fs. 350/351 surge el análisis comparativo de ofertas, efectuado por la Dirección General de Compras y Licitaciones.

Que habiendo evaluado las ofertas, a fs. 360/361 la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación, creada conforme lo establecido en el Art. 25 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, aconseja por unanimidad adjudicar a las firmas ARREDARE S.A. y B.A. SUPPLY S.R.L. por un total de $ 5.199.693,00.

Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias

DECRETA

Artículo 1º.- ADJUDICAR a las firmas que a continuación se detallan y por los montos que en cada caso se indican, la “PROVISION DE SILLAS Y ACCESORIOS PARA LA DELEGACION MUNRO”, en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, al Pliego de Bases y Condiciones Generales y al Dictamen de la Comisión Ad Hoc  de Preadjudicación de fs. 360/361.

ARREDARE S.A. $3,347,131.00
B.A. SUPPLY S.R.L $1,852,562.00
TOTAL $5,199,693.00

Artículo 2º.- Desestimar el renglón Nro. 7 según la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación, el cual será tramitado oportunamente por el área pertinente.

Artículo 3º.- La suma de Pesos cinco millones ciento noventa y nueve mil seiscientos noventa y tres ($ 5.199.693,00), se encuentra registrada en la Solicitud de Gastos N° 0-5292 obrante a fs 47 y Ajuste de Preventiva N° 9-000864 de fs. 366.

Artículo 4º.- Las firmas adjudicatarias deberán presentar en concepto de cumplimiento de contrato, póliza de caución por el 5% (cinco por ciento) del importe total de la misma, conforme lo dispuesto por el Artículo 18 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y en concepto de anticipo financiero, por el 50% (cincuenta por ciento), conforme lo dispuesto por el Artículo 30 del mismo Pliego.

Artículo 5º.- Refrendar el presente Decreto los Señores Secretarios de Planeamiento y Obras Públicas, de Hacienda y Finanzas, de Gobierno y Legal y Técnica y el Sr. Jefe de Gabinete.

Artículo 6º.- Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Contaduría, Compras y Licitaciones y Tesorería), de Planeamiento y Obras Públicas, de Gobierno y Legal y Técnica y Jefatura de Gabinete.

Artículo 7º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.

Fdo: Martinez-Hracek-Botello-Baistrocchi-Vittorini