Boletines/Vicente López

Decreto Nº4617/23

Decreto Nº 4617/23

Vicente López, 11/08/2023

Referencia: EXPTE - EEMVL-2416-2023

Visto

Las ofertas presentadas en el llamado a Licitación Privada Nº 101 dispuesto por Decreto Nº 3303/23 por la “REPARACION DE VEREDAS INTERNAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL”, y

Considerando

Que conforme surge del Acta de Apertura de ofertas de fs. 289 se han presentado dos oferentes.

Que a fs. 296/297 la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación, solicita realizar una mejora de oferta.

Que a fs. 318 obra el Acta de Apertura de la Mejora de Oferta.

Que a fs. 322 surge el análisis comparativo de la Mejora de oferta, efectuado por la Dirección General de Compras y Licitaciones.

Que habiendo evaluado las ofertas, a fs. 325/326 la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación, creada conforme lo establecido en el art. 25 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, aconseja por unanimidad adjudicar por menor precio a la firma APCO S.A. por un total de $ 11.900.000,00.-

Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias

DECRETA

Artículo 1º.- ADJUDICAR a la firma APCO S.A., por un monto total de Pesos once millones novecientos mil ($11.900.000,00), la “REPARACION DE VEREDAS INTERNAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL”, en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, al Pliego de Bases y Condiciones Generales y al Dictamen de la Comisión Ad Hoc obrante a fs. 325/326.

Artículo 2º.- La suma de Pesos once millones novecientos mil ($11.900.000,00), se encuentra registrada en la Solicitud de Gasto Nro. 0-5260 obrante a fs. 27.

Artículo 3º.- La firma adjudicataria deberá presentar en concepto de garantía de cumplimiento de contrato, póliza de caución por el 5% (cinco por ciento) del importe total del mismo, conforme lo establece el artículo 18 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y en concepto de anticipo financiero, por el 30% (treinta por ciento), conforme lo dispuesto por el Artículo 30 del mismo Pliego.

Artículo 4º.- Refrendar el presente Decreto los Señores Secretarios de Hacienda y Finanzas, de Servicios Públicos y el Sr. Jefe de Gabinete.

Artículo 5º.- Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Contaduría, Compras y Licitaciones y Tesorería), de Servicios Públicos y Técnica y Jefatura de Gabinete.

Artículo 6º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.

Fdo: Martinez-Hracek-Baistrocchi-Antiñolo