Boletines/Vicente López
Decreto Nº 4616/23
Vicente López, 11/08/2023
Referencia: EXPTE - EEMVL-2469-2023
Visto
el Decreto N° 4301/2023 de fecha 27 de Julio de 2023 y constancias del presente expediente, y;
Considerando
Que, con posterioridad a la emisión del decreto mencionado, la Dirección de Compras y Licitaciones (informe de fs. 30) advierte que se ha deslizado un error involuntario al consignar el importe por el cual se adjudica a la firma DIPHOT S.A. el desarrollo de las tareas necesarias para la reingeniería de la página web y actualización del sistema del voto on-line de la Subsecretaría de Participación Ciudadana, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Legal y Técnica.
Que, en tal sentido, conforme surge de constatar el presupuesto de fs. 16 y nota de fs. 18, el importe total a adjudicar ha de ser por la suma de $6.108.000.- (pesos seis millones ciento ocho mil).
Que, de acuerdo con la reglamentación vigente, los errores materiales o de hecho y los aritméticos, podrán rectificarse en cualquier momento, en tanto no se altere lo sustancial del acto o decisión.
Que la presente rectificación, refiere a la corrección de un error material del acto administrativo, manifiesto y de fácil verificación, conforme puede apreciarse de la documentación obrante en el expediente de referencia.
Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias
DECRETA
Artículo 1º.- RECTIFICAR el artículo 2° del Decreto 4301/2023 en cuanto el mismo quedará redactado de la siguiente manera: “ABONAR a la firma DIPHOT S.A. (CUIT N° 30-70788798-9) el importe de pesos seis millones ciento ocho mil ($6.108.000.-), conforme lo establecido en el Artículo 1° del presente Decreto”, por las razones de mención exordial.
Artículo 2º.- Refrendar el presente Decreto por los Sres. Secretarios de Gobierno y Legal y Técnica y de Hacienda y Finanzas.
Artículo 3º.- Tomar conocimiento por las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Dirección General de Contaduría, Dirección de Compras y Licitaciones y Dirección de Tesorería) y de Gobierno y Legal y Técnica (Subsecretaría de Participación Ciudadana).
Artículo 4º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y, oportunamente, ARCHIVAR.
Fdo: Martinez-Vittorini-Hracek