Boletines/Vicente López

Decreto Nº4538/23

Decreto Nº 4538/23

Vicente López, 08/08/2023

Referencia: EXPTE - EEMVL-414-2023

Visto

El llamado a Licitación Privada N° 110 dispuesto por Decreto Nº 3688/23 para la contratación de la obra “EJECUCION DE VEREDAS EN BARRIO PANAMERICANO”, y

Considerando

Que conforme Acta de Apertura obrante a fs. 272 se han presentado dos oferentes, siendo uno de ellos rechazado en el mismo acto.

Que en virtud de ello, a fs. 279 la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación aconseja por unanimidad desestimar la única oferta válida presentada y proceder a realizar un segundo llamado.

Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias

DECRETA

Artículo 1º.- DESESTIMAR la única oferta presentada en el primer Llamado a Licitación Privada Nº 110, oportunamente dispuesto por Decreto Nº 3688/23, en merito a las razones expuestas en el exordio.

Artículo 2º.- Proceder a efectuar un segundo llamado correspondiente a la Licitación Privada N° 110 para la contratación de la obra “EJECUCION DE VEREDAS EN BARRIO PANAMERICANO”, en un todo de acuerdo al Pliego de Cláusulas Legales Especiales y de Especificaciones Técnicas Particulares obrante a fs. 3/44.

Artículo 3º.- Establecer en la suma de Pesos trece millones ochocientos cuatro mil ochocientos cinco con cincuenta centavos ($13.804.805,50) el Presupuesto Oficial para la presente Licitación.

Artículo 4º.- Por la Dirección de Compras y Licitaciones, cursar invitaciones a las firmas especializadas del ramo, haciéndoles entrega del respectivo Pliego de Bases y Condiciones, cuyo valor es de Pesos trece mil ochocientos cuatro ($13.804,00). Exceptuase del pago del pliego a los proveedores participantes del primer llamado.

Artículo 5º.- La presentación y apertura de las propuestas, que deberán hacerse llegar en sobre cerrado, tendrá lugar en el Palacio Municipal el día 28/08/23 a las 10:00 hs., en presencia de los interesados que concurran.

Artículo 6º.- Refrendar el presente los Sres. Secretarios de Desarrollo Social y de Hacienda y Finanzas.

Artículo 7º.- Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Compras y Licitaciones, Tesorería y Contaduría) y de Desarrollo Social.

Artículo 8º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.

Fdo: Martinez-Hracek-Del Prete