Boletines/Coronel Dorrego
Ordenanza Nº 4387/23
Coronel Dorrego, 24/05/2023
VISTO:
La Nota ingresada al Cuerpo por parte de la Directora de la Escuela de Educación Especial Nº 501; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicitan autorización para el uso del espacio comprendido por la Avenida Santagada entre Luis A. García y 13 de diciembre.
Que el día 31 de mayo del presente se realizará la inauguración de la Feria de Ciencias del Distrito donde han programado la realización de diferentes danzas presentadas por Instituciones educativas de nuestra localidad, frente a la Institución peticionante, con la presencia de familias, estudiantes docentes, auxiliares, autoridades municipales y educativas distritales y público en general.
Que es necesario el corte del tránsito vehicular para poder brindar seguridad a los asistentes y participantes.
POR TODO ELLO, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de facultades que le son propias, dicta la siguiente:
ORDENANZA:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º) Autorízase las autoridades de la Escuela de Educación Especial Nº 501 ============ a utilizar el espacio público comprendido por la Avenida Santagada entre las calles Luis Acosta García y 13 de diciembre, el día 31 de mayo del presente en el horario de 9.30 a 11.00 y de 15.30 a 17.00.
El permiso es al solo efecto de desarrollar las actividades descriptas en los considerandos. Las que estarán sujetas al cumplimiento de las normas vigentes para el Distrito, tanto sanitarias, como referidas al uso y cuidado de los espacios verdes y su entorno.-
ARTÍCULO 2º) Establézcase que la autoridad educativa autorizada asumen por sí en ============= forma exclusiva y excluyente la responsabilidad sobre la seguridad y control de comportamiento de participantes, como asimismo de todo tipo de daños materiales y/o personales que pudieran producirse con motivo y/o en ocasión de las actividades a desarrollar.-
ARTÍCULO 3º) Establézcase que la autorizada, será responsable absoluta de: ============
ARTÍCULO 4º) Sanciónase ante el incumplimiento de la presente, a la permisionaria ============= de acuerdo a lo establecido en el marco legal, establecido por Ordenanzas y normativas vigentes.-
ARTÍCULO 5º) Establézcase en el caso de corresponder, la institución autorizada ============= deberá abonar las contribuciones establecidas a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores (S.A.D.A.I.C.).-
ARTÍCULO 6º) Comuníquese al Departamento Ejecutivo, demás que corresponda, dése ============ al Registro Oficial y oportunamente, archívese.-
SALA DE SESIONES, 24 de mayo de 2023.-
María Alicia Jalle Alejandro Gabriel Zorzano
SECRETARIA LEGISLATIVA PRESIDENTE
H. CONCEJO DELIBERANTE H. CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL NÚMERO: 4387/23