Boletines/Coronel Dorrego

Ordenanza Nº4384/23

Ordenanza Nº 4384/23

Coronel Dorrego, 24/05/2023

VISTO:

             La Nota ingresada al Cuerpo por parte de la Asociación Italiana de Socorros Mutuos “XX de septiembre”; y

 

CONSIDERANDO:

Que mediante la misma solicitan autorización para el uso del espacio verde denominado Plazoleta de los Italianos.

 

Que el día 2 de junio la Institución realizará un acto en el marco de las actividades del centenario, donde se conmemorará el día de la italianidad y del inmigrante italiano.

Que ese espacio reconoce la afluencia mayoritaria de inmigrantes italianos desde la zona de la ciudad hermana de Casalanguida pero la presencia de descendientes y nacidos en la península itálica en general es muy fuerte en nuestra comunidad.

Que el monumento construido en el sitio referenciado es una réplica de la Fuente de la Juventud, representativa de aquella ciudad.

 

POR TODO ELLO, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de facultades que le son propias, dicta la siguiente:

 

ORDENANZA:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º) Autorízase la Asociación Italiana de Socorros Mutuos “XX de ============= septiembre”, a utilizar la Plazoleta de los Italianos, el día 2 de junio del presente, a la hora 10.30.-

El permiso es al solo efecto de desarrollar las actividades descriptas en los considerandos. Las que estarán sujetas al cumplimiento de las normas vigentes para el Distrito, tanto sanitarias, como referidas al uso y cuidado de los espacios verdes y su entorno.-

 

ARTÍCULO 2º) Establézcase que la Institución autorizada asumen por sí en =============   forma exclusiva y excluyente la responsabilidad sobre la seguridad y control de comportamiento de participantes, como asimismo de todo tipo de daños materiales y/o personales que pudieran producirse con motivo y/o en ocasión de las actividades a desarrollar.-

 

ARTÍCULO 3º) Establézcase que la autorizada, será responsable absoluta de: ============

  • la higiene del lugar, asumiendo por sí en forma exclusiva y excluyente,
  • la responsabilidad de la seguridad,
  • el control del comportamiento que genere la actividad propuesta, como asimismo de todo tipo de daños materiales y/o personales que pudieran producirse con motivo y/o en ocasión del desarrollo del evento,
  • y el cuidado de los espacios verdes y su entorno.-

 

ARTÍCULO 4º) Sanciónase ante el incumplimiento de la presente, a la Institución ============= permisionaria de acuerdo a lo establecido en el marco legal, establecido por Ordenanzas y normativas vigentes.-

 

ARTÍCULO 5º) Establézcase en el caso de corresponder, el autorizado deberá abonar ============= las contribuciones establecidas a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores (S.A.D.A.I.C.).-

 

ARTÍCULO 6º) Comuníquese al Departamento Ejecutivo, demás que corresponda, dése ============ al Registro Oficial y oportunamente, archívese.-

SALA DE SESIONES, 24 de mayo de 2023.-

          María Alicia Jalle                                                                                                                                 Alejandro Gabriel Zorzano

SECRETARIA LEGISLATIVA                                                                                                                               PRESIDENTE

H. CONCEJO DELIBERANTE                                                                                                                H. CONCEJO DELIBERANTE

 

REGISTRADA BAJO EL NÚMERO: 4384/23