Boletines/Coronel Dorrego
Decreto Nº 1323/2023
Coronel Dorrego, 31/05/2023
Visto
La solicitud de colaboración económica municipal presentada mediante Expte. 1062/2023 por autoridades de la Asociación Cooperadora de la JIRIMM Nº 6 y Escuela N° 5 “José Manuel Estrada” de la localidad de Irene – reconocida como Entidad de Bien Público por Legajo N° 074 –, a los efectos de solventar el costo de adquisición de un equipo de osmosis para la Institución;
Considerando
Que el equipo de ósmosis solicitado por la institución tiene como objetivo principal mejorar la calidad del agua utilizada en la escuela, garantizando así un ambiente saludable y propicio para el desarrollo educativo de los estudiantes.
Que el Municipio tiene la responsabilidad de promover y apoyar la educación de calidad en nuestra comunidad, así como de velar por la salud y bienestar de los estudiantes.
Que dicha solicitud es avalada por el Cuerpo de Consejeros Escolares de Coronel Dorrego;
Que este tipo de gasto puede ser canalizado a través de los fondos previstos con la creación de la Ley de Financiamiento Educativo Nº 26.075;
POR TODO ELLO, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias-
D E C R E T A
ARTICULO 1°) Facúltase a Contaduría Municipal a liquidar a favor de la ASOCIACIÓN COOPERADORA DE LA ESCUELA N° 5 “José Manuel Estrada” de la localidad de Irene - hasta la suma de $ 393.160.- (Pesos Trescientos Noventa y Tres Mil Ciento Sesenta) en concepto de subsidio en un único pago, por los motivos expuestos en el exordio del presente.-
ARTICULO 2°) La suma que se menciona en el artículo precedente deberá ser rendida con los respectivos comprobantes por el gasto realizado.-
ARTÍCULO 3°) Fíjase la siguiente imputación: 111 01 02 000 Secretaría de Gobierno y Hacienda – 18 00 00 Fondo de Financiamiento Educativo Ley 26.075 5.1.7.0 Transferencias a otras instituciones Culturales y Sociales sin fines de lucro.- Fuente de Financiamiento: 132 de origen provincial.
ARTICULO 4°) Comuníquese a la Contaduría Municipal, entidad peticionante, demás que corresponda, dése al R.O., y oportunamente archívese.-