Boletines/Coronel Dorrego
Decreto Nº 1175/2023
Coronel Dorrego, 15/05/2023
Visto
Que la vigencia de subsidios destinados a acompañantes terapéuticos destinados a alumnos y otros pacientes que requieren este servicio; y
Considerando
Que a través del tiempo el Estado Municipal viene colaborando con el pago de éste tipo de prestación de salud que contribuye al desarrollo personal y educativo de nuestra población.
Que se cree oportuno reglamentar la prestación, fijando los montos del subsidio a otorgar a aquellas personas que no cuenten con obra social que cubra el servicio, en el mismo valor que el estipulado por el Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA)
POR TODO ELLO, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades –
D E C R E T A
ARTICULO 1º) Establécese que los subsidios otorgados en concepto de “Acompañamiento Terapéutico” serán destinados exclusivamente a pacientes que no cuenten con cobertura social que atienda dicha prestación y tendrán el valor por hora que determine el Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA), vigente al momento del otorgamiento.-
ARTICULO 2º) Fíjase en $ 1.114,00.- (para los meses de mayo y junio/23) y $ 1.300,00.- (para los meses de julio y agosto/23) el valor de la hora de acuerdo a la Tabla de valores de IOMA vigente, el que será abonado previa certificación del área que lo solicite.
ARTICULO 3º) El importe citado en el artículo anterior, será modificado según notificación de la Oficina local de IOMA.
ARTICULO 4º) Téngase por derogado, a partir del mes de mayo/23, el Decreto Nº 422/23.
ARTICULO 5º) Elevar copia del presente al Consejo Escolar.
ARTICULO 6º) Comuníquese a Contaduría Municipal, la Dirección de Hacienda, Dirección de Desarrollo Social, Dirección de Hospital, Dirección de Salud, demás que corresponda, dése al R.O. y oportunamente archívese.-