Boletines/General Belgrano
Decreto Nº 1059/2023
General Belgrano, 25/04/2023
Visto
el expediente 4041-D-12316/2010, y;
Considerando
Que a fojas 54, los sres. Enrique Rodrigo Lorea y Fabiana Raquel Lorea solicitan la prescripción liberatoria de cuotas de la Tasa SUM de la Cuenta 825300.
Que a fojas 61, la Asesoría Legal y Técnica indica que de acuerdo a lo normado por la LOM y lo resuelto por el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, corresponde dar de baja la deuda por Multa de la Tasa SUM hasta la cuota 3/2018, inclusive, de la Cuenta 825300, por operar la prescripción liberatoria.
Que el art. 278 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que las deudas de los contribuyentes que hubieren incurrido en mora en el pago de impuestos, tasas y cualquier otra especie de contribuciones adeudadas a la municipalidad, prescriben a los cinco (5) años de la fecha en que debieron pagarse.
Que además, establece como actos interruptivos de la prescripción, los actos judiciales que la municipalidad ejecutare en procura del cobro del crédito.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Hacer lugar a la prescripción de deuda de Tasa SUM de la Cuenta 825300 hasta la cuota 3/2018 inclusive; en el marco del Artículo 278° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.--
Artículo 2º: Facultar al Departamento de Procesamiento de Datos a realizar las modificaciones que correspondan.--
Artículo 3º: Notificar a la parte interesada a través del Departamento de Atención al Público.--
Artículo 4º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Héctor Daniel Arias.--
Artículo 5°: Cumplir, comunicar a quienes corresponda, tomar razón Procesamiento de Datos, Atención al Público, dar al Registro Oficial del Municipio, publicar, archivar.--