Boletines/General Belgrano

Decreto Nº0992/2023

Decreto Nº 0992/2023

General Belgrano, 13/04/2023

Visto

la Ordenanza 115/2022, y;

 

Considerando

Que por medio de la misma se aprueba el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el año 2023.

Que el artículo 18 de la citada norma establece lo siguiente: “Facúltese al Departamento Ejecutivo a disponer transferencias de créditos para reforzar conceptos preexistentes o crear nuevos, del Presupuesto de Gastos, tomando para ello las economías que se produzcan en las distintas partidas que lo conforman. En ningún caso se podrán utilizar economías de partidas cuyos créditos se han previsto con Recursos Afectados para reforzar o crear partidas que no guarden relación con el destino a que deben ser aplicados los fondos en cuestión. Asimismo, no serán de aplicación las disposiciones del presente Artículo, cuando las partidas disminuidas no conserven créditos suficientes para atender los compromisos del Ejercicio”.

Que la Dirección de Contaduría realiza un control y seguimiento exhaustivo de la ejecución del presupuesto a los efectos de que no se generen desequilibrios en el mismo, para lo cual requiere realizar medicaciones presupuestarias periódicas.

Que dichas modificaciones presupuestarias deben ser autorizadas por el Departamento Ejecutivo mediante el dictado del decreto correspondiente, conforme artículos 119 y 116 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, 76 y 77 del Reglamento de Contabilidad y 24, 25 y 28 de las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales aprobados por el artículo 3° del Decreto 2980/2000.

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

DECRETA

Artículo 1º: Aprobar las modificaciones en el Presupuesto de Gastos de acuerdo al detalle que se agrega como Anexo I y forma parte del presente Decreto por la suma de pesos cincuenta y nueve millones quinientos treinta y cinco mil setecientos setenta y seis con 32/100 ($ 59.535.776,32).-

Artículo 2º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Héctor Daniel Arias.--

Artículo 3º: Cumplir, comunicar a quienes corresponda, tomar razón Presupuesto, Contaduría, dar al Registro Oficial del Municipio, publicar y archivar.--

Anexos

decreto n° 992/2023

anexo n° 1

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