Boletines/Chacabuco
Decreto Nº 113/23
Chacabuco, 23/01/2023
OTORGANDO UN SUBSIDIO A LA “SOCIEDAD DE FOMENTO BERNARDINO RIVADAVIA”.
Visto
La solicitud presentada por la comisión de la sociedad de Fomento Bernardino Rivadavia de nuestra ciudad, en el sentido de obtener una ayuda financiera no reintegrable para solventar los gastos del servicio de luz, gas, mantenimiento del espacio verde y otros gastos varios como limpieza.
Considerando
Viable lo peticionado de acuerdo a lo expresado por la dirección de Relaciones Institucionales.
POR ELLO,
EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Otorgar a la Comisión de la Sociedad de Fomento Bernardino Rivadavia de nuestra ciudad, un subsidio por la suma de PESOS DOCE MIL ($12.000), a partir del mes de enero de 2.023 y hasta diciembre de 2023 inclusive, que será destinado a solventar los gastos del servicio de luz, gas, mantenimiento del espacio verde y otros gastos varios como limpieza.
ARTÍCULO 2º: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior, será imputado por Contaduría Municipal a la partida del RAFAM correspondiente.
ARTÍCULO 3º: La beneficiaria deberá rendir cuenta en forma y plazo legal del destino de los fondos recibidos.
ARTÍCULO 4º: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno de la Comuna.
ARTÍCULO 5º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y Archívese.