Boletines/Chacabuco
Decreto Nº 072/23
Chacabuco, 16/01/2023
DECLARANDO DE INTERÉS MUNICIPAL LA REALIZACIÓN DE LOS CRONOGRAMAS DE EXPOSICIONES DE LA GALERÍA DE ARTE DEL TEATRO ITALIANO Y LA FOTOGALERÍA MERIDIANO 0°”.
Visto
La nota presentada por la Directora de Cultura donde solicita se declare de Interés Municipal la realización de los Cronogramas de Exposiciones de la Galería de Arte del Teatro Italiano y la Fotogalería Meridiano 0°.
Considerando
Que motiva dicho pedido la necesidad de darle continuidad a las exposiciones de artes visuales (tanto de artistas locales como nacionales) la realización de concursos (que permiten el ingreso de nuevas obras al patrimonio municipal) y continuar brindando el apoyo necesario a dicho sector de las artes, como se viene realizando desde el año 2.005.
POR ELLO,
EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal la realización de los Cronogramas de Exposiciones de la Galería de Arte del Teatro Italiano y la Fotogalería Meridiano 0°, de acuerdo a lo detallado seguidamente:
Cronograma 2023 - Galería de Arte
Enero - Laura Rozza 16/12 al 22/1
Febrero - Ernesto Dell’Armi 27/1 al 5/3
Marzo - Alejandra Fernández 11/3 al 9/4
Abril - Mariela Fernández 15/4 al 7/5
Mayo - Sebastián Rubino 13/5 al 4/6
Junio - Patricia Navone 19/6 al 2/7
Julio - José María Rago 8/7 al 30/7
Agosto - Salón Tierra Sombra 5/8 al 3/9
Septiembre –Salón U.D.O.C.B.A 9/9 al 1/10
Octubre - Colectivo Periferia 7/10 al 29/10
Noviembre - Asociación por Amor al Arte 4/11 al 26/11
Diciembre - Danisa Pérez 2/12 al 31/12
Cronograma de muestra en fotogalería meridiano 0º 2.023
Enero 16/12 a 22/ 1………..PABLO RECABARREN
Febrero / marzo 27/ 1 a 09/ 4…………..VIVIANA CACCIABUE
Abril / mayo 15/ 4 a 04/ 6…………… MARIELA FERNANDEZ
Junio/ julio 19/ 6 a 30/ 7…………… HOMENAJE A ITALIANOS
Agosto 05/ 8 a 03/ 9…………….EMILIANO SCATURRO
Septiembre/octubre 09/ 9 a 29/10……………YULIAN FERNANDO MARTINEZ
Noviembre/diciembre 04/11 a 31/12…………..MARIA DE LA PAZ GUTIERREZ
ARTÍCULO 2º: El gasto que demande el cumplimiento de lo mencionado en el artículo 1º será imputado por Contaduría Municipal a la Partida del RAFAM correspondiente.
ARTÍCULO 3º: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno de la Comuna.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese, dese al Registro Oficial y archívese.