Boletines/Chacabuco

Decreto Nº007/23

Decreto Nº 007/23

Chacabuco, 02/01/2023

DISPONIENDO EL LLAMADO PÚBLICO DE OFERTAS PARA LA ADQUISICIÓN DE UNA QUINTA, PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL SEGUNDO PARQUE INDUSTRIAL.

Visto

Lo solicitado por la Secretaría de Producción y Desarrollo Sustentable de adquirir un inmueble (quinta), según lo manifestado a fs. 1 del expediente administrativo nro. 4029-6494//22.

Considerando

Que, para la adquisición de la quinta con destino a un segundo  Parque Industrial, deberá tenerse en cuenta: ser apta para la instalación de proyectos industriales; condiciones adecuadas de ubicación; contar con servicios de energía eléctrica y agua, con posibilidades para gestión del servicio de gas y contar con una superficie mínima de 50.000 m2.

Que, las distintas áreas del Municipio se han expedido con dictámenes que este Departamento Ejecutivo comparte.  

POR ELLO,

EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO

DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Proceder a realizar un llamado público de ofertas para la adquisición de una quinta,  con destino a un segundo Parque Industrial y para la adquisición deberá tenerse en cuenta: ser apta para la instalación de proyectos industriales (pertenecer a zona industrial); condiciones adecuadas de ubicación; contar con servicios de energía eléctrica y agua, con posibilidades para gestión del servicio de gas y contar con una superficie mínima de 50.000 m2.; de conformidad a lo actuado por expediente nro. 4029-6494/22. 

 

ARTÍCULO 2: Los inmuebles tales como quintas a ser ofrecidos deberán estar en condiciones de ser escriturados al momento de la presentación, y encontrarse ubicados con ingreso/egreso planta urbana; ingreso/egreso ruta nacional. 

 

ARTÍCULO 3: Disponer por dos (2) días la publicación en los diarios locales, llamando a los  titulares dominiales de los inmuebles, que cumplan con las características  referidas en el artículo anterior, a presentar  oferta pública de los mismos. 

 

ARTÍCULO 4º: Aprobar el modelo de planilla de cotización, en la cual los interesados deberán  presentar su oferta. La misma, debidamente suscripta, es parte del presente decreto.

 

ARTÍCULO 5º: Determinar que las ofertas deberán ser presentadas por las personas físicas o jurídicas titulares de un inmueble, hasta el día 13 de enero de 2023 a las 13:00 hs. en la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de Chacabuco y que el plazo de mantenimiento de la oferta es de cuarenta y cinco (45) días corridos contados a partir el aquella fecha. 

 

ARTÍCULO 6º: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno de la Comuna.   

 

ARTÍCULO 7º: Comuníquese, dese al Registro Oficial y archívese.