Boletines/Quilmes

Ordenanza Nº13893/2023

Ordenanza Nº 13893/2023

Quilmes, 21/07/2023

VISTO: el Expediente Nº HCD-O-2-28828-2023;

CONSIDERANDO:

Que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el expediente referido, ha sancionado la Ordenanza Nº 13.893/2023 en la Sesión Ordinaria del día 11 de Julio del 2023, cuyo texto expresa:

VISTO:

El Expediente Nº 2-28828-HCD-2023, Presentado por el Concejal ARIEL BURTOLI, Ref.: Que el Municipio de Quilmes viene desarrollando, a través de distintos Programas, Políticas Públicas de Integración e Inclusión de Personas con TEA (Trastorno del Espectro Autista), y 

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nacional Nº 25280 donde se aprobó la CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, en su Artículo 3º estipula que los Estados Partes se comprometen a "Adoptar las medidas de carácter Legislativo, Social, Educativo, Laboral o de cualquier otra índole, necesarias para eliminar la discriminación contra las personas con discapacidad y propiciar su plena integración en la Sociedad".

Que es deber del Estado garantizar las condiciones necesarias para la inclusión, participación e integración plena de las Personas en Sociedad.

Que la Ley Nacional Nº 27043 declara  de Interés Nacional  el Abordaje Integral e lnterdisciplinario de las personas que presentan TEA, y propone una reglamentación que tiene como principal objetivo "Promover un Abordaje lnterdisciplinario para el Diagnóstico temprano, la  intervención oportuna y un adecuado tratamiento, para mejorar el proceso de diagnóstico y tratamiento, y en consecuencia el pronóstico, de las personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA)".

Que si bien esta Ley brinda derechos elementales a este grupo poblacional se considera fundamental llevar adelante en el ámbito local acciones concretas que promuevan la inclusión en actividades de la vida cotidiana.

Que la accesibilidad es una condición previa para que las personas con discapacidad puedan vivir de forma independiente y participar plenamente en la Sociedad.

Que poner en funcionamiento herramientas que faciliten la atención sin espera en dependencias municipales y espacios cuidados para las personas con TEA, es una forma de garantizar el derecho a la accesibilidad.

Que se cuenta con las experiencias satisfactorias e innovadoras de Distritos como Pilar, Moreno y General Rodríguez, donde implementaron una tarjeta denominada "Mi Muni Azul" para garantizar la prioridad en la Atención Pública de los Niños y Niñas con TEA y su grupo familiar.

ORDENANZA

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA

ORDENANZA Nº 13893/2023

ARTÍCULO : CREASE el Programa "Mi Tarjeta Azul" mediante el cual se  dispondrá la utilización de una credencial de  acceso preferencial a aquellas personas con TEA y a su grupo familiar, para ser utilizado en los servicios que brindan atención en dependencias Municipales. La tarjeta tendrá las siguientes características:

  1. Contará con un código QR, que redireccionará a un espacio virtual de registro del grupo familiar en el que constará Nombre, Apellido y DNI del beneficiario.
  2. El Departamento Ejecutivo designará la Secretaría competente para la aplicación de dicho Programa. 

ARTICULO 2°: El Departamento Ejecutivo implementará acciones tendientes a  la sensibilización en las distintas dependencias municipales en torno a esta temática y el diseño de espacios cuidados para las personas que presenten TEA, atendiendo a las Ordenanzas vigentes en la materia.

ARTICULO 3°: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a celebrar convenios y acuerdos con distintas entidades e instituciones del Distrito a fin de llevar adelante el Programa "Mi Tarjeta Azul".

ARTICULO    4°:    AUTORIZASE    al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones     presupuestarias   correspondientes     para    la aplicación de dicho Programa.

ARTICULO 5°: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHIVESE.

QUILMES, 11 de Julio de 2023.

Fdo. FABIO R. BAEZ, Presidente del H.C.D.

Dra. EDITH LLANOS, Secretaria Legislativa del H.C.D.

Que el presente decreto promulgatorio  se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.76W58 y modificatorias vigentes); y

Por todo lo expuesto;

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°: PROMÚLGASE la  Ordenanza  Nº  13.893/2023,  sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 11 de Julio de 2023.-

ARTÍCULO 2°: DISPÓNESE que el presente Decreto  será  refrendado  por el Sr. Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 3°: DÉSE al Registro General, PUBLÍQUESE y ARCHÍVESE.-

Alejandro E. Gandulfo                                           Mayra S. Mendoza                                         Claudio H. Carbone

Jefe de Gabinete                                                     Intendenta                                                        Secretario Legal y Técnico

Municipalidad de Quilmes                                Municipalidad de Quilmes                            Municipalidad de Quilmes

DECRETO 2870/2023