Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº287

Resolución Nº 287

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 08/08/2023

Visto las presentes actuaciones mediante las cuales se solicita factibilidad para la mensura y división del inmueble identificado catastralmente como: Circ. II - Secc. A - Ch 61 - Fr I - Parcela 1  -Partida 1993 y

CONSIDERANDO

Que a fs. 4 del expediente 0/00-6038/2023 el Departamento Territorial informa que el inmueble en cuestión pertenece a la zona RP1, cuyos indicadores para subdivisión son 20 metros de frente y 600 m² de superficie.

Que a fs. 22 del expediente 290-154/2022 la Dirección General de Técnica Jurídica indica que existen antecedentes (inclusive judiciales) que se han merituado y analizado con motivo de la demanda interpuesta por la firma Obras Abedul S.R.L.

Que agrega la mencionada Dirección General que todos los precedentes se encuentran citados y expuestos en el responde judicial efectuado en su oportunidad por el Municipio, lo que no obsta a la continuidad del trámite, debiendo adecuarse la pretensión en otra figura administrativa que no sea la del visado de plano de mensura.

Que a fs. 16 del expediente 0/00-6038/2023 el Departamento Territorial informa que el proyecto presentado cumple con la cesión de media calle Horacio Rega Molina, para completar su ancho de 30 metros, y con la continuidad de calles Trelew, San Juan y Córdoba. Por otro lado, las parcelas generadas cumplen con las dimensiones mínimas para la zona, excepto la parcela ubicada en la intersección de Camino La Carrindanga y Horacio Rega Molina.

Que agrega dicho Departamento que las demás cuestiones técnicas se evaluarán al momento de la presentación de la mensura.

Que a fs. 18, el Subsecretario de Planificación y Desarrollo Urbano informa que el proyecto presentado cumple con las observaciones realizadas por el Departamento Territorial en cuanto a ancho de calles y continuidades de las mismas.

Que la superficie y ubicación de reservas resulta adecuada a criterio de dicha Subsecretaría, debiendo asignarse una de las parcelas a Reserva de Equipamiento Comunitario y otra a Reserva de Espacio Verde y Público.

Que finalmente, la mencionada Subsecretaría indica que las parcelas generadas deberán ajustarse a las medidas mínimas establecidas para la zona.

Por lo expuesto, el SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, en uso de las facultades que le confiere el artículo 182 de la Ley Orgánica de las Municipalidades

RESUELVE

PRIMERO: Otorgar factibilidad al anteproyecto de mensura y división presentado a fs. 15 del expediente 0/00-6038/2023 respecto del inmueble identificado catastralmente como: Circ. II - Secc. A - Ch 61 - Fr I - Parcela 1 - Partida 1993.

SEGUNDO: Deberá asignarse una de las Reservas propuestas para Equipamiento Comunitario y otra para Espacio Verde Público.

TERCERO: Las parcelas generadas deberán ajustarse a las medidas mínimas establecidas para la zona.

CUARTO: Cúmplase, publíquese, dése al R. O. Con nota de estilo comuníquese al profesional interviniente, agregando copia autenticada de la presente. Tomen nota a sus efectos los Departamentos Territorial y Planeamiento Urbano. Hecho, ARCHÍVESE.