Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº2991

Decreto Nº 2991

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 01/08/2023

Visto el presente Expediente, mediante el cual tramita el pago de la redeterminación de precios definitiva correspondiente a los Certificados Nº 5 y 6E VARIAS CALLES DE BAHÍA BLANCA - SECTOR III” ejecutada por la empresa OBRAS ABEDUL S.R.L., y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 y 3 el Departamento Vialidad informa que por Expediente Nª 410-5997-2002 (HCD-855-2000), Decreto Nª 823/2002, la Municipalidad de Bahía Blanca adhiere al Decreto 2113 del Gobierno de la provincia de Buenos Aires, que establece la posibilidad de redeterminar precios en contratos de Obra Pública. Se incorporan las planillas con análisis de precios redeterminados definitivamente de los Certificado N° 5 y 6, actualizado por dicho Departamento, según Decreto N° 2113/02, para la obra a cargo de la Empresa OBRAS ABEDUL S.R.L., cuya Fecha de Licitación fue el 16/09/2022; la Fecha de Contrato fue el 14/10/2022; el Plazo de obra: 150 días y la Fecha de Replanteo fue 04/11/2022.

Que en el CERTIFICADO N° 5 (mes de ejecución: Marzo 2023) se produce una variación de precios superior al 5% entre los precios unitarios de la última redeterminación (Febrero 2023) y los correspondientes al mes de medición de los trabajos pertenecientes al Certificado N° 5 (Marzo 2023), por lo cual correspondería actualizar el Certificado a los precios redeterminados al mes de Marzo de 2023. También se informa la fecha de publicación de los índices de Marzo 2023 fue el 04/05/2023 y la fecha de presentación de la empresa fue el 12/06/2023, lo que no se ha presentado la redeterminación dentro del plazo previsto de acuerdo a la legislación, se debe redeterminar los precios a los valores del último mes redeterminado aprobado, es decir, se utilizan los coeficientes del mes de Febrero.

Que el Departamento Vialidad sugiere que la Redeterminación Definitiva del Certificado N° 5 asciende al monto de $21.769.610,94. El importe Certificado Base N° 5 es de $15.463.579,18. La diferencia que resulta en el Certificado N° 5 es de $6.306.031,76 ,la deducción por Anticipo Financiero es $1.891.809,53, por lo que la diferencia a abonar por el CERTIFICADO N° 5 es de $4.414.222,23 ( actualizado a Febrero 2023).

Que en el CERTIFICADO N° 6 (mes de ejecución: Abril 2023) se produce una variación de precios superior al 5% entre los precios unitarios de la última redeterminación (Marzo 2023) y los correspondientes al mes de medición de los trabajos pertenecientes al Certificado N° 6 (Abril 2023), por lo cual correspondería actualizar el certificado a los precios redeterminados al mes de Abril de 2023. La fecha de publicación de los índices de Abril 2023 es 05/06/2023 y la fecha de presentación de la Empresa es 26/06/2023, se ha presentado la redeterminación dentro del plazo previsto.

Que el Departamento Vialidad sugiere que la Redeterminación Definitiva del Certificado N° 6 asciende al monto de $13.882.769,83. El importe Certificado Base N° 6 es de $8.573.340,91. La diferencia que resulta en el Certificado N° 6 es de $5.309.428,92, la deducción por Anticipo Financiero es $1.592.828,68, por lo que la diferencia a abonar por el CERTIFICADO N° 6 es de $3.716.600,24 ( actualizado a Abril 2023).

Que el Departamento Vialidad sugiere que la Redeterminación Definitiva de los Certificados N°  5 y 6 deberá aprobarse por el monto de PESOS OCHO MILLONES CIENTO TREINTA MIL OCHOCIENTOS VEINTIDOS CON CUARENTA  Y SIETE CENTAVOS ($8.130.822,47).

Que a fojas 81 el informe de la abogada de la Secretaría de Infraestructura deja constancia que el análisis deberá ajustarse a lo establecido por el Art. 92° inc. b del Pliego de Bases y Condiciones Generales, respecto a los plazos previstos, en caso que exista extemporaneidad en la presentación de los pedidos de redeterminación, dejando aclarado que la misma deberá rechazarse. Agrega en su dictamen que en el presente caso no hay impedimento legal alguno para la aprobación del pedido  de redeterminación conforme a los términos del informe técnico, por lo cual el mismo debe prosperar en los términos y condiciones establecido por el Pliego de Base y Condiciones de la obra.

Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, de los que surge que corresponde aprobar la Redeterminación de Precios Definitiva correspondiente a los Certificados N° 5 y 6, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

- D E C R E T A -

Artículo 1º: Aprúebase la Redeterminación de Precios Definitiva de los Certificados Nº 5 y 6 de la obra: “PAVIMENTACIÓN DE VARIAS CALLES DE BAHÍA BLANCA - SECTOR III”, por un monto de PESOS OCHO MILLONES CIENTO TREINTA MIL OCHOCIENTOS VEINTIDOS CON CUARENTA Y SIETE CENTAVOS ($8.130.822,47), en un todo de acuerdo con los considerandos y  antecedentes obrantes en el Expte. 417R-5396-2023.-

Artículo 2º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 131, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 51.75.00, Gasto 4.2.2.0 del Presupuesto de Gastos vigente. El pago de la presente redeterminación se realizará por expedientillo.-

Artículo 3º:  Cúmplase; dése al RO.; pase al Departamento Compras para la confección de la correspondiente Orden de Compra y tomen nota los Departamentos Vialidad y notifíquese a la empresa interesada a través del mencionado Departamento; incorpórese a través del mismo, copia del presente Decreto al expediente 417R-4861-2022. Cumplido ARCHÍVESE.-