Boletines/Lobos
Decreto Nº 800/2023
Lobos, 17/05/2023
Pasa a gobierno-gastos por Programa de Fomento al Talento Deportivo
Visto
El decreto municipal N°009/2023, 739/2023 y la necesidad de continuar con el Programa de Fomento al Talento Deportivo durante el año 2023, y;
Considerando
Que conforme decreto municipal N°009/2023 los gastos del Programa de Fomento al Talento Deportivo, dependiente de la Dirección de Políticas Deportivas eran cubiertos con fondos de la Secretaría de Desarrollo y Promoción Social.
Que atento al decreto municipal N°739/2023 la Dirección de Políticas Deportivas pasó a conformar la Secretaría de Gobierno.
Que por ello, todos los gastos ocasionados a partir de la fecha del presente se solventarán con fondos de la Secretaría de Gobierno Municipal.
Que el talento deportivo es un atributo extremadamente complejo, genéticamente determinado, complicado en su estructura y sujeto a las condiciones del medio ambiente.
Que es una operación que reposa sobre una predicción a largo plazo en cuanto a las posibilidades de que un individuo posea las capacidades y los atributos necesarios para alcanzar un nivel de performance dada en un determinado deporte.
Que la detección temprana de talentos conduce a un mejoramiento del rendimiento.
Que si las técnicas son desarrolladas en forma temprana los jóvenes atletas pueden alcanzar niveles altos de rendimiento cuando los compromisos competitivos imponen la máxima exigencia.
Que la detección de talentos permite dirigir a los niños y jóvenes hacia los deportes de su mayor potencialidad.
Que los jóvenes con Talento deportivo dependen tanto de la constitución de herencia y disposición motora, cognitiva y afectiva favorable, así como, en relación al desarrollo de condiciones sociales y ambientales propicias.
Que la detección de jóvenes con Talento Deportivo incluye la asignación de entrenadores de calidad, programas óptimos de entrenamiento y competencias, acceso a instalaciones adecuadas, equipos e indumentaria apropiada y servicios de ciencias del deporte y atención médica.
Que es política de esta gestión municipal promover las distintas actividades deportivas, fomentar el deporte y su práctica en las generaciones más jóvenes.
Que la Municipalidad de Lobos, cuando proceda, procurará los medios necesarios para la preparación técnica y el apoyo científico y medico de los deportistas.
Que el deporte de alto nivel se considera de interés público en tanto que constituye un factor esencial en el desarrollo deportivo de la Ciudad de Lobos por el estímulo que supone para el fomento del deporte de base y por su función representativa en las competencias deportivas oficiales.
Que resulta oportuno crear en el Partido de Lobos el Programa de Fomento al Talento Deportivo para optimizar el esfuerzo y el rendimiento de los deportistas y el acompañamiento que les brinda la Municipalidad de Lobos.
Que el Municipio se hará cargo de los gastos de indumentaria, alojamiento, viáticos, alimentación, viajes, seguros, atención médica, implementos deportivos, capacitaciones, entrenadores, alquiler de escenarios deportivos y demás que sean necesarios, para que sean utilizados por los jóvenes integrantes del Programa de Fomento al Talento Deportivo.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Dése continuidad al Programa de Fomento al Talento Deportivo durante el año 2023, destinado a la detección de jóvenes con distintas capacidades deportivas y el fomento y promoción de los mismos, dependiente orgánicamente de la Dirección de Políticas Deportivas de la Secretaría de Gobierno Municipal.
ARTÍCULO 2º: Páguense los gastos de indumentaria, alojamiento, viáticos, alimentación, viajes, seguros, atención médica, implementos deportivos, capacitaciones, entrenadores, alquiler de escenarios deportivos y demás que se originen con el funcionamiento del Programa de Fomento de Talentos Deportivos durante todo el año 2023.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente deberá imputarse a la Jurisdicción 1110102000- Categoría Programática 61.01.00 del Presupuesto de Gastos en Vigencia.
ARTÍCULO 4º:Comuníquese, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.
DECRETO Nº: 800/2023
Pablo F. Hasper Ing. Jorge O. Etcheverry
Secretario de Gobierno Intendente Municipal
Municipalidad de Lobos Municipalidad de Lobos