Boletines/Pilar

Decreto Nº1520/18

Decreto Nº 1520/18

Pilar, 26/04/2018

CORRESPONDE AL EXPEDIENTE Nº 4995/2017

Pilar,

Visto

El expediente de referencia, por el cual el Señor Héctor Hamilton, Representante Legal del Instituto Madre Del Divino Pastor, solicita la eximición por el Periodo Fiscal 2017 del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales de la Partida Municipal N° 23763 de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 72° Inciso c) de la Ordenanza Fiscal y Tarifaria 2017, y

Considerando

Que la iniciadora, a fojas 01/57 expone que la institución está dedicada a la educación hace mas de 80 años, y adjunta la documentación que considera pertinente para la obtención de dicho beneficio, encuadrado dentro del Artículo 72° Inciso c).

Que la Dirección de Rentas Generales intervino corroborando que la institución se encuentra reconocida en carácter de TITULAR de la partida en cuestión. De la misma manera, la Dirección de Rentas Inmobiliarias adjunta Informe de Deuda de la partida 23763.

Que a fojas 63/76 la Dirección de Rentas Comerciales adjunta Recibos de Pago y Declaraciones Juradas de DIPREGEP correspondiente a las cuotas de alumnos de diferentes niveles, y a raíz de ellos verifica que los mismos superan el monto establecido para el periodo 2017 dispuesto en la Ordenanza Fiscal y Tarifaria 2017.

Que el establecimiento educativo, según se ha manifestado, no acreditó la totalidad de los requisitos exigidos en el artículo 72° c) de la Ordenanza Fiscal y Tarifaria 2017.

Que tal como lo expone el segundo párrafo del Artículo 710 podría otorgarse la eximición por un porcentaje inferior al solicitado por el contribuyente.

Que teniendo en cuenta que el estado provincial subvenciona al Instituto con el 80% del monto del sueldo del personal docente de la planta, se considera oportuno otorgar el mismo valor porcentual a la solicitud de eximición sobre la partida 23763.

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico permanente del Departamento Ejecutivo.

Que las atribuciones del Señor Intendente se encuentran consagradas en el artículo 108, inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y artículos 10 y 11 de la Ordenanza Fiscal 2018.

El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º= Exímase a la Asociación Franciscana de la Divina Pastora, un porcentaje del 80% del pago del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales correspondiente a la partida municipal N°23763, por el Periodo Fiscal 2017, por ajustarse dentro del marco de lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal y Tarifaria para el Periodo Fiscal 2017 Artículo 71° in fine.

ARTÍCULO 2°= Dese al Registro Municipal, pase a la Subsecretaría de Ingresos Municipales, Dirección de Registro de Organizaciones Comunitarias, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.