Boletines/Pilar

Decreto Nº1503/18

Decreto Nº 1503/18

Pilar, 26/04/2018

Corresponde al Expediente N° 18962/2017

Pilar,

Visto

El Expediente N° 18962/17 mediante el cual la ASOCIACIÓN HOSPICE BUEN SAMARITANO, sito en la calle La Golondrina N° 1182, Pilar, Partido Del Pilar, Cta. Cte. N° 21802, ha solicitado la eximición correspondiente el pago del Tributo por Inspección de Seguridad e Higiene por el periodo 2017, y

Considerando

Que lo solicitado se encuadra en el marco de lo dispuesto por el Capítulo XII- Exenciones- Art. 72) Inc. n) de la Ordenanza Fiscal y Tarifaria año 2017.

Que la Dirección de Relaciones Institucionales ha prestado su conformidad a fs. 11.

Que la Dirección de Rentas Comerciales se ha expedido favorablemente a fs. 13.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico permanente del Departamento Ejecutivo.

Que las atribuciones del Señor Intendente se encuentran consagradas en el Art. 108, Inc. 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y artículos 10 y 11 de la Ordenanza Fiscal del 2018.

El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Artículo 1: Exímase a la ASOCIACIÓN HOSPICE BUEN SAMARITANO, sito en la calle La Golondrina N° 1182, Pilar, Partido Del Pilar, Cta. Cte. N° 21802, del pago del Tributo por Inspección de Seguridad e Higiene por el periodo 2017, según lo establecido por el Capítulo XII- Exenciones-, Art. 72 Inc. n) de la Ordenanza Fiscal y Tarifaria año 2017.-

Artículo 2: Dese el Registro Municipal, pase a la Subsecretaria de Ingresos Municipales, notifíquese por intermedio de la Dirección de Registros de Organizaciones Comunitarias y, con las debidas constancias, archívese. -