Boletines/Magdalena
Decreto Nº 1603
Magdalena, 13/12/2022
Visto
Las actuaciones del expediente electrónico número 5574/22 mediante las cuales se solicita la baja del comercio habilitado a nombre de ARAMBURU EMILIANO JOSE, CUIT - 20-29269396-7, Legajo Municipal Nº 62888, habilitado con el rubro VENTA AL POR MENOR EN MINIMERCADOS Y ELABORACION DE COMIDAS, que fuera habilitado mediante Decreto Nº 936/22 de fecha 19 de julio de 2022, ubicado en calle Cajaraville y Moreno, Barrio G. Nacional casa 9, de la ciudad de Magdalena, en virtud de haber cesado sus actividades el día 31 de octubre de 2022; y
Considerando
Que de la documentación que se adjunta surge que se han cumplimentado los requisitos pertinentes.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,
DECRETA
Artículo 1º: Autorizar y registrar, con retroactividad al 31 de octubre de 2022, la BAJA municipal del comercio cuya actividad es VENTA AL POR MENOR EN MINIMERCADOS Y ELABORACION DE COMIDAS (Códigos de actividad: 62.100-06 y 63.100-10), propiedad de ARAMBURU EMILIANO JOSE, CUIT - 20-29269396-7, Legajo Municipal Nº 62888, sito en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección F, Quinta 121, Parcela 9 y Partida Inmobiliaria Nº28227, ubicado en calle Cajaraville y Moreno, Barrio G. Nacional casa 9, de la ciudad de Magdalena.
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.
Artículo 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dese al registro municipal y archívese.
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dña. MARINA NATALIA BLANCO
Secretaria de Gobierno