Boletines/Magdalena
Ordenanza Nº 4041/22
Magdalena, 21/12/2022
V I S T O:
La ordenanza nº 2467/07 sobre funcionamiento de transporte Público de pasajeros, y
C O N S I D E R A N D O:
Que es necesario realizar una modificación de la misma, estableciendo una tarifa diferencial para el horario nocturno comprendido entre las 22:00 hs y 06:00 hs,
Que durante esas horas la tarifa establecida será un quince por ciento (15%) más del valor establecido para el horario diurno.
Por todo ello
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Modifíquese el artículo 51º del CAPITULO X DE LAS TARIFAS Y PARADAS, quedando redactado de la siguiente manera:
ART. 51º: Tarifa 1: La tarifa para el servicio de taxi queda definida de la siguiente forma: dieciseis (16) fichas corresponderán a la bajada de bandera al inicio del viaje, luego irá incrementando una (1) ficha por cada cien (100) metros de recorrido y/o por cada treinta (30) segundos de espera. En el horario nocturno comprendido entre las 22:00 hs y 06:00 hs el valor de la ficha se incrementará un quince por ciento (15%) respecto al valor diurno…
ARTICULO 2º: Dicha modificación comenzará a implementarse a partir del día 1 de enero del 2023.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, regístrese, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAGDALENA, EL DÍA 21 DE DICIEMBRE DE 2022.
Registrado bajo el Nº 4041/22.-
Firmado: Mariel Semino (Presidente)
Raul Gomez (Secretario)