Boletines/Pellegrini
Decreto Nº 0980/2023
Pellegrini, 23/06/2023
D E C R E T O N° 0980/23
Visto y considerando
El Expediente 4086-0078/2023; la Ordenanza Municipal N° 1332/2017 texto modificado por Ordenanza N° 1342/2017, de creación de la Comisión de Tasaciones de Bienes y valuación realizada de distintos bienes en desuso propiedad del Municipio, la Resolución Administrativa N° 0356/23, la Ordenanza 1782/2023 y
Que mediante expediente 4086-0078/2023 se realiza la solicitud de tasación de vehículos municipales;
Que se cumple en realizar el procedimiento de tasación establecido por la Ordenanza N° 1332/2017 de creación de la Comisión de Tasaciones, modificada por la Ordenanza N° 1342/2017;
Que por Ordenanza N° 1782/2023 el Honorable Concejo Deliberante autoriza la venta de bienes municipales;
Que es intención del Departamento Ejecutivo Municipal proceder a la enajenación de los vehículos;
Que el producido de la venta de los mismos puede dar lugar a la mejora de las unidades existentes e incluso a la incorporación de otros bienes;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Llámese a “Licitación Privada Nº 19/2023”, para el día miércoles 26 de julio de 2023 a las 10:00 horas, en la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de Pellegrini, para proceder a la venta de:
ARTÍCULO 2º: Publicítese en el Boletín Oficial y en el diario o periódico de mayor circulación en la región.
ARTICULO 3º: Se establece que en esta “Licitación Privada”, tendrán derecho a participar todas aquellas que reúnan las condiciones exigidas y podrán consultar las condiciones en la Oficina de Compras de la Municipalidad de Pellegrini, sita en Alsina 250, T. E. 02392 – 498103 ó 498105, hasta 48 horas hábiles antes de la apertura de las propuestas.
ARTICULO 4º: Las propuestas podrán ser presentadas hasta el día y hora fijados para la apertura, en MESA DE ENTRADAS de esta Municipalidad.
ARTICULO 5º: La Municipalidad se reserva el derecho de aceptar la propuesta que crea más conveniente o en su defecto rechazar todas, si considera que las mismas no reúnen las condiciones a sus intereses, sin perjuicio alguno para el municipio en este último caso.
ARTICULO 6º: Comuníquese a las oficinas municipales pertinentes, notifíquese a los interesados, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido, archívese.