Boletines/Tres Lomas
Decreto Nº 419
Tres Lomas, 24/10/2017
D E C R E T O Nº 419
Visto
El estado de avance de construcción de 50 Viviendas Sociales en el Distrito de Tres Lomas, en el marco del denominado Programa Bonaerense II, que tramita por ante Expediente Administrativo N° 4126-5242/16; y
Considerando
Que la construcción de las mencionadas viviendas se encuentra en un importante estado de avance físico, estimando su conclusión en el corto plazo;
Que a fin de proceder a la determinación de quienes en definitiva resulten adjudicatarios del Plan, resulta necesario proceder a la convocatoria de los interesados,
Que por Ordenanza Nº 1147/16 se autorizó la suscripción del Convenio para la construcción de 50 viviendas en el Distrito de Tres Lomas, las cuales se encuentran próximas a su finalización;
Que recepcionada las correspondientes inscripciones se procederá a analizar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Decreto y los establecidos por el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires efectuándose posteriormente los pasos previstos, para luego obtener un listado de definitivo de aspirantes;
Que en base a lo hasta aquí expuesto, corresponde proceder a dictar el pertinente acto administrativo convocando a inscripción a los interesados en conformar el listado definitivo de aspirantes a la adjudicación de las 50 Viviendas Sociales en Tres Lomas,
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TRES LOMAS
DECRETA
ARTICULO 1°: Convócase a inscripción de interesados para la creación del listado definitivo de aspirantes a la adjudicación de cincuenta (50) Viviendas Sociales en la localidad de Tres Lomas, erigidas en los inmuebles propiedad de éste Municipio identificadas catastralmente como Circ. II, Secc. E, Ch. 6, Manz. 6 bn, parcelas 1 a 13, 17, 18, 27, y 28; Circ. II, Secc. E, Ch. 6, Manz. 6 br, parcelas 1 a 24; Circ. II, Secc. E, Ch. 6, Manz. 6 bs, parcelas 10 a 19 del Partido de Tres Lomas a partir del día miércoles 1 de noviembre de 2017.
ARTICULO 2°: Los interesados deberán acreditar documentación suficiente que acredite los siguientes requisitos:
La misma deberá ser acreditada mediante alguno de estos modos:
ARTICULO 3°: La constatación de la veracidad de los datos consignados en la declaración jurada de inscripción será verificada a través de visitas sociales, solicitud de informes a la Dirección Provincial de Rentas o cualquier otra Repartición Municipal, Provincial o Nacional.
ARTICULO 4º: A los fines de la inscripción, los interesado deberán concurrir personalmente con la documentación requerida al Palacio Municipal, sito en calle Rivadavia 149 de Tres Lomas, los días Lunes a Viernes en el horario de 7:30 horas a 12:00 horas, hasta la fecha de finalización de la inscripción.-
ARTICULO 5°: Establécese como fecha de cierre de la presente inscripción el día viernes 24 de noviembre de 2017.
ARTICULO 6°: Instrúyase al Área de Prensa de la Municipalidad de Tres Lomas, para que proceda a dar publicidad del presente en los diferentes medios de comunicación local.
ARTICULO 7°: Notifíquese, dése razón a Secretaría General, Secretaría de Obras Públicas, Secretaría de Desarrollo Social, Dirección de Prensa, y Dirección de Asuntos Legales, insértese en el Registro Oficial y oportunamente archívese.
Fdo. Roberto Alvarez, Intendente Municipal; Carlos Dreessen, Secretario General.-