Boletines/Moreno

Ordenanza Nº6996/23

Ordenanza Nº 6996/23

Moreno, 29/06/2023

VISTO el Expte. H.C.D. N° 35.465/2023, mediante el cual solicita creación de una Mesa Intersectorial de Salud Mental y Consumos Problemáticos en el Distrito de Moreno; y

CONSIDERANDO la necesidad del Municipio de Moreno de institucionalizar una Mesa Intersectorial de Salud Mental y Consumos Problemáticos que sirva como medio para hacer más eficaz el funcionamiento de las áreas y programas municipales de atención, acompañamiento y asesoramiento a todas aquellas personas con padecimiento subjetivo grave.

QUE la Ley N° 26.657 reconoce el derecho de las personas con padecimiento mental a recibir atención sanitaria y social integral y humanizada, a partir del acceso gratuito, igualitario y equitativo a las prestaciones e insumos necesarios, con el objeto de asegurar la recuperación y preservación de su salud; a recibir tratamiento y a ser tratado con la alternativa terapéutica más conveniente, que menos restrinja sus derechos y libertades, promoviendo la integración familiar, laboral y comunitaria.

QUE en Argentina se estima que el 1%  de la población presenta un padecimiento mental grave de alguna clase, resultando esto una cantidad estimada de pacientes con padecimientos graves. Solo en Moreno rondan las 6.000 personas.

QUE en el distrito, según datos recogidos por la Dirección General de Salud Mental de Moreno sobre consumo problemático en el 2022, la mayor cantidad de consultas referidas a la temática se centran entre las franjas de los 25 y 34 años, registrando como edad de inicio aproximadamente los 12 años.

QUE la Ley Provincial N° 13.298 de Promoción y Protección de los derechos de los niños, sobre las políticas públicas enuncia: “sus objetivos principales son la contención del núcleo familiar del niño a través de la implementación de planes y programas de prevención y asistencia e inserción social”.

QUE el Art. 4° de la Ley Nacional de Salud Mental establece que: “Las adicciones deben ser abordadas como parte integrante de las políticas de salud mental. Las personas con uso problemático de drogas, legales e ilegales, tienen todos los derechos y garantías que se establecen en la presente ley en su relación con los servicios de salud mental”.

QUE el consumo problemático presenta una complejidad y multicausalidad que conlleva a que el mejor método de trabajo sea un abordaje intersectorial de las situaciones abordadas.

QUE desde hace seis años en el distrito se desarrolla la implementación de mesas de articulación entre distintos actores intervinientes en problemáticas de salud mental. Modalidad de intervención que redunda en la creación de Redes específicas de trabajo para el mejor abordaje de situaciones complejas en el ámbito Municipal y Provincial.

QUE este antecedente de trabajo demuestra que este tipo de intervención es una excelente inversión institucional a la hora de ofrecer tratamientos de calidad a padecimientos graves con abordaje desde múltiples instituciones  lo que puede reducir la necesidad de tratamientos individuales más extensos y evitar las internaciones.

QUE la existencia de una legislación nacional sobre salud mental no garantiza necesariamente que los Derechos Humanos de las personas con trastornos mentales se protejan o se respeten, deviniendo indispensable la conformación de organismos como el propuesto por la presente, cuya actividad y proyección instrumenta (en nuestro medio local municipal) el efectivo goce de los derechos reconocidos en la reciente normativa nacional.

QUE a pesar de las estrategias implementadas por la Secretaría de Salud local y el Estado Provincial y Nacional, algunos habitantes de Moreno con padecimientos mentales graves se encuentran con inadecuado seguimiento de su patología por escasez de adecuados servicios de salud especializados.

QUE la problemática de salud mental que presenta el Municipio de Moreno, hace necesaria la identificación de las particularidades de cada grupo familiar y el trabajo sobre las mismas para revertir y mejorar las condiciones de las niñeces y adolescencias en general y a la que se asiste en situación de desigualdades multidimensionales.

QUE es competencia del municipio desarrollar e institucionalizar políticas preventivas y asistenciales destinadas a mejorar la calidad de vida de las personas.

POR TODO ELLO, el Honorable Concejo Deliberante de Moreno, en uso de sus atribuciones legales sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: Créase la Mesa Intersectorial de Salud Mental y Consumos Problemáticos de Moreno. En el ámbito del Distrito de Moreno, a los efectos de optimizar todos los recursos municipales necesarios para el correcto y eficaz funcionamiento de las áreas y programas municipales de atención, acompañamiento y asesoramiento a todas aquellas personas con padecimiento subjetivo grave.

ARTÍCULO 2°: CONFORMACIÓN:

La mesa estará conformada:

  • Autoridad Máxima de la Dirección General de Salud Mental y Programas
  • Representantes del Hospital Mariano y Luciano de la Vega
  • Representantes del UPA 24
  • Representantes del Honorable Concejo Deliberante
  • Representantes de Colegios Profesionales afines
  • Representantes del C.P.A.
  • Miembros del COMUNIDIS
  • Equipos técnicos de Juzgados de Familia 1, 2 y 3 de Moreno – Gral. Rodríguez
  • Servicios Locales
  • Servicio Zonal
  • Equipos técnicos de las Defensorías Penales y Civiles
  • Representantes de Inspección de Educación
  • Dirección de Niñez y Juventud
  • Programa de personas en situación de calle
  • Representantes de la Dirección de Género y Diversidades
  • Juzgado de Garantías del Joven N° 1 Moreno Gral. Rodríguez.
  • Miembros del dispositivo SEDRONAR
  • Otros agentes gubernamentales y no gubernamentales que participen directa o indirectamente de abordajes en Salud Mental.

ARTÍCULO 3°: FACULTADES Y FUNCIONES:

La mesa:

     1.    Elaborará informes y estadísticas sobre diversos aspectos afines al objetivo por el cual fue creada.

     2.    Trabajará sobre casos críticos con el fin de unificar criterio e intervenciones en pos de mayores beneficios para la persona afectada.

     3.    Realizará un informe en forma semestral de carácter público sobre las acciones realizadas por los dispositivos que estén en funcionamiento, a través de las áreas correspondientes, y los avances verificables del Distrito de Moreno en materia de Salud Mental y Consumo Problemático, el cual se publicará por los medios de comunicaciones locales y a través de las redes sociales oficiales del Municipio de Moreno.

    4.     Los dispositivos en funcionamiento remitirán los informes detallados que requiera esta Comisión para cumplir con los objetivos propuestos en esta Ordenanza o los futuros si fueran cambiando en el transcurso de los años.

ARTÍCULO 4°: Facultase al Departamento Ejecutivo a reasignar las partidas presupuestarias necesarias a los efectos de aumentar, profundizar, articular e implementar las tareas de prevención, concientización, sensibilización y acciones positivas necesarias para afrontar la emergencia que se declara por la presente, las que tendrán como finalidad la prevención y abordaje a personas con padecimiento subjetivo grave y consumo problemático.

ARTÍCULO 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese y archívese.

SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MORENO, 29 de Junio de 2023.

PROF. CASTRO ISAMAEL                 BELLOTTA, ARACELI
     Secretario                                               Presidenta
Comunicado al D.E el día 05/07/2023
Promulgada mediante el Decreto N° 2522/23 de fecha 05/07/2023