Boletines/Moreno
Ordenanza Nº 6991/23
Moreno, 29/06/2023
VISTO los Exptes. H.C.D. N° 35.476/2023 y el Expte. D.E. N° 245359-S-2023, sobre compra inmueble ubicado en la calle Dr. Vera 235, Moreno; y
CONSIDERANDO que conforme surge de los mismos se ha realizado un pormenorizado estudio para la compraventa mencionada.
QUE el inmueble resulta de vital importancia teniendo en cuenta su ubicación lindera con la Secretaria de Cultura, Educación y Deporte, para la ampliación de la Casa de la Cultura. En la misma, además de encontrarse las oficinas de la Secretaría de Cultura, Educación y Deportes, se desarrollan actividades tendientes a ampliar la oferta de actividades culturales, deportivas y educativas a la comunidad en general.
QUE teniendo en cuenta la tasación oficial del Banco de la Provincia de Buenos Aires obrante a Foja N° 72 a 77, motivado en las razones de mérito, oportunidad y convivencia plasmadas en la compra.
QUE, la Contaduría Municipal, a Foja N° 81, interviene en cumplimiento del Artículo 187° Inciso 6) de la Ley Orgánica Municipal, e informa que no tiene objeciones que realizar a la intención de compra en cuestión.
QUE, la Subsecretaria de Gestión Administrativa y Dictámenes ha emitido el dictamen que da cuenta el Art. 57° de la Ordenanza General 267, a Fojas N° 85/86 sugiriendo la incorporación de una condición resolutoria.
QUE, el proceso de compra de un inmueble dentro del Estado Local, está establecido en el Art. 54° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, correspondiendo al Honorable Concejo Deliberante autorizar la venta y la compra de bienes de la Municipalidad.
POR TODO ELLO, el Honorable Concejo Deliberante de Moreno, en uso de sus atribuciones legales sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo en los términos de los Artículos 54° de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires a realizar la compra del inmueble, propiedad del Sr. Diperna Miguel Angel, ubicado en la calle Dr. Vera N° 235 entre las calles Leandro N. Alem y Aristóbulo del Valle de la localidad y Partido de Moreno, identificado catastralmente Circunscripción I, Sección B, Manzana 135, Parcela 5 M, Partida Municipal N° 77174, conforme los informes técnicos de las áreas pertinentes, que surgen de las constancias del Expediente Administrativo N° 4078-245359-S-2023 y el Expediente H.C.D. N° 35.476/2023.
ARTÍCULO 2°: Establécese como destino del inmueble a adquirir dependencias de la Secretaria de Cultura, Educación y Deporte, permitiendo devolverle el fin por el cual existen la Casa de la Cultura de Moreno y el Museo Municipal Manuel Belgrano, siendo fundamental para ampliar la oferta cultural y educativa, así como también, mejorar las condiciones actuales en que se desarrollan las actividades, obteniendo mayor espacio para garantizar condiciones óptimas en la ejecución de las mismas.
ARTÍCULO 3°: El precio que erogue la compra asciende a PESOS CUARENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL ($43.450.000,00). Sin dejar de considerar los gastos a cubrir correspondiente a la transferencia al Patrimonio Municipal, el que será soportado por el presupuesto de gastos vigente, autorizado a Presupuesto Municipal a realizar las adecuaciones presupuestarias y a la Contaduría Municipal a implementar y adecuar los procesos pertinentes para concretar la operación.
ARTÍCULO 4°: Dejase establecido que la compra que se autoriza por medio de la presente Ordenanza, se realiza bajo condición resolutoria (Artículo 343°, y siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación), para el caso de no obtenerse los certificados de dominio e inhibiciones correspondiente al momento que deba subscribirse la correspondiente escritura traslativa de dominio en favor del Municipio por parte del escribano actuante, o que emitidos los mismos con anterioridad al acto escriturario, se verificase alguna circunstancia que impida o torne inconveniente la adquisición de dicho inmueble.
ARTÍCULO 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MORENO, 29 de Junio de 2023.
PROF. CASTRO ISAMAEL BELLOTTA, ARACELI
Secretario Presidenta
Comunicado al D.E el día 03/07/2023
Promulgada mediante el Decreto N° 2467/23 de fecha 03/07/2023