Boletines/Moreno
Decreto Nº 2743/23
Moreno, 24/07/2023
Visto y considerando
VISTO las actuaciones obrantes en el Expediente N° 4078-252404-S-2023 iniciado por la Secretaría de Cultura, Educación y Deporte; y
CONSIDERANDO que en dichas actuaciones se solicita declarar de Interés Municipal al evento musical denominado “Moreno Rockea” que se llevarán a cabo desde el día 27 de julio, hasta diciembre del 2023. -
Que la importancia de este evento radica en llevar el rock Morenense, a diferentes lugares, que a las bandas les es difícil llegar; acompañados por el gobierno municipal y el respaldo de reconocidos productores de música del género.
Que la declaración de interés municipal del evento, implicaría una medida de acción positiva tendiente a fomentar la idiosincrasia de la comunidad de Moreno.
Que, a fs. 01 la Secretaría de Cultura, Educación y Deporte manifestó que la realización del evento con lleva erogación de gastos, informando a qué partida presupuestaria se imputarán los mismos.
Que a fs. 02 el área de Presupuesto. Municipal ha ratificado la partida presupuestaria en la cual deberá imputarse la erogación que genere el evento, autorizando a canalizar el gasto.
Que a fs. 03 ha tomado la debida intervención la Contaduría Municipal, dando cumplimiento con lo estipulado en el Art 187 Inc. 6 del Decreto-ley 6769/58.
Que, a fs. 06 ha tomado conocimiento la Subsecretaría de Gestión Administrativa y
Dictámenes, emitiendo el correspondiente dictamen jurídico, adjuntando en a fs. 05 Proyecto de Decreto.
Que, el dictado del presente se hace en uso de las facultades conferidas por el Articulo 108, inc. 17 del Decreto-ley 6769/58.
Por ello,
LA INTENDENTA MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORENO
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Declárase de Interés Municipal al evento musical denominado “Moreno Rockea”, que se llevarán a cabo por la Secretaría de Cultura, Educación y Deporte, a realizarse desde el día 27 de julio hasta diciembre del año 2023, por los fundamentos vertidos ut-supra en los considerandos del presente.
ARTÍCULO 2°.- Autorizase a la Contaduría Municipal a librar orden de pago por las erogaciones que se generen cuyos gastos se imputarán en la siguiente partida; Jurisdicción: 1.1.1.01.07.000 Secretaría de Cultura, Educación y Deporte, Cat. Programática: 26.04. Coord. de las Actividades Culturales, Fuente de Financiamiento: 1.1.0 Tesoro Municipal.
ARTÍCULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por las Señoras Secretaria de Cultura, Educación y Deporte, y la Sra. Secretaria de Economía, y el Sr, Secretario de Gobierno.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, publíquese, notifíquese y comuníquese; cumplido, archívese.
SR ALBERTO ESTEBAN CONCA SRA MELINA MARIEL FERNANDEZ
DRA MARIELA BIEN CYNTHIA MUÑOZ