Boletines/Chascomús

Decreto Nº651/23

Decreto Nº 651/23

Chascomús, 04/07/2023

ESCRITURACIÓN 3 LOTES COOPERATIVA LOTEO II

Visto

El Expediente Administrativo N° 4030-121511/M, Alcance 1 caratulado “Acogimiento a Ley 14.449. – Programa lotes con servicio – del predio Circ. II, Secc. B, Ch. 30, Pc. 5c”; y

Considerando

Que con fecha 26 de Septiembre de 2016 se suscribió un convenio urbanístico entre el Departamento Ejecutivo Municipal y la Cooperativa de Vivienda por un Techo Propio Ltda., conforme las disposiciones de la Ley 14.449 y en los términos de la autorización otorgada por Ordenanza 4999/16.

Que a través del mismo las partes convinieron que la Municipalidad no percibirá tierra en concepto de compensación urbanística.

Que mediante adenda suscripta el día 17 de Mayo de 2023 las partes decidieron modificar tal circunstancia y acordaron dejar sin efecto el considerando 5° del convenio urbanístico mencionado y acordaron agregar a la Cláusula Segunda el inciso (e) conforme a los siguientes términos: “en compensación por el programa lotes con servicio la “Cooperativa de Vivienda por un Techo Propio Limitada”, cede al Municipio de Chascomús tres lotes designados catastralmente como: Circunscripción II, Sección B, Chacra 30, Manzana 30bd, parcelas 3, 4 y 5, de acuerdo al plano de mensura característica 27-43-2018, con la finalidad que los respectivos lotes se incorporen al domino privado del Estado Municipal”.

Que la documentación mencionada en los párrafos anteriores se encuentra adjuntada en el Expediente Administrativo N° 4030-121511/M Alcance 1 y en el Expediente N° 2423- 4855/16 del Ministerio de Infraestructura Prov. de Bs. As.

Que las tres parcelas que cita el convenio celebrado entre la Municipalidad de Chascomús y la Cooperativa por un Techo Propio son los lotes que se encuentran identificados en el Plano de Mensura Característica N° 27-43- 2018 aprobado el 29 de noviembre del 2018 el cual consta a fs. 139 del Expediente Administrativo N° 4030- 121511/M Alcance 1.

Que en definitiva, por acogimiento a la Ley 14.449 y el Programa “Lotes con Servicios”, la Cooperativa de Vivienda por un Techo Propio Ltda., cedió al Municipio de Chascomús tres lotes designados catastralmente como: 1) Circunscripción II, Sección B, Chacra 30, Manzana 30 bd, Parcela 3; 2) Circunscripción II, Sección B, Chacra 30, Manzana 30 bd, Parcela 4; 3) Circunscripción II, Sección B, Chacra 30, Manzana 30 bd, Parcela 5, de acuerdo al plano de mensura característica 27-43- 2018, todos del partido de Chascomús (027); con la finalidad que los respectivos lotes se incorporen al dominio privado del Estado municipal.

Que el artículo 236 inc. “e” del Código Civil y Comercial, establece que son Bienes de dominio privado del Estado Nacional, Provincial o Municipal “Los bienes adquiridos por el Estado Nacional, provincial o Municipal por cualquier título”.

Que a los efectos de regularizar la situación de dominio de cada una de las parcelas, se requiere la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de las escrituras traslativas de dominio a favor de la Municipalidad de Chascomús, para luego proceder a la inscripción en el Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires.

Que la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que corresponde declarar de interés social la escrituración de los inmuebles ut supra descriptos, a favor de la Municipalidad de Chascomús (conf. arts. 4 inc. d de la ley 10.830 y 69 de la ley 14.449), ingresando al dominio privado del Municipio (conf. art 236 inc. e) CCyC), requiriéndose la intervención de la Escribanía General de Gobierno a los fines del otorgamiento del acto notarial correspondiente.

Que resulta necesario dictar el acto administrativo correspondiente a los fines dispuestos.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1°.- Declárese de Interés Social la escrituración a favor de la Municipalidad de Chascomús de conformidad con lo dispuesto por el art. 4 inc. d de la Ley 10.830 y 69 de la Ley 14.449, de los inmuebles ubicados en el Partido de Chascomús (027), designados Catastralmente como: 1) Circunscripción II, Sección B, Chacra 30, Manzana 30 bd, Parcela 3, Partida Inmobiliaria N° 39.974; 2) Circunscripción II, Sección B, Chacra 30, Manzana 30 bd, Parcela 4, Partida Inmobiliaria N° 39.975; y 3) Circunscripción II, Sección B, Chacra 30, Manzana 30 bd, Parcela 5, Partida Inmobiliaria N° 39.976; de acuerdo al plano de mensura característica 27-43-2018.-

ARTICULO 2°.- Los inmuebles descriptos en el artículo anterior ingresarán al dominio privado de la Municipalidad de Chascomús (conf. art 236 inc. e) del CCyC).-

ARTICULO 3°.- Dese de baja las tasas municipales correspondientes a los inmuebles mencionados.-

ARTICULO 4°.- Suscríbase la escritura traslativa de dominio a nombre de la Municipalidad de Chascomús y procédase a su posterior inscripción en el Registro Provincial de la Propiedad Inmueble, a través de la Escribanía General de Gobierno.-

ARTÍCULO 5°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Dirección de Ingresos Públicos, Catastro y a la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-

ARTICULO 6º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-

ARTICULO 7º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-