Boletines/Vicente López

Decreto Nº4218/23

Decreto Nº 4218/23

Vicente López, 24/07/2023

Referencia: EXPTE - EEMVL-1936-2023

Visto

Las ofertas presentadas en el llamado a Licitación Pública Nº 85 dispuesto por Decreto Nº 3074/23 por la “ADQUISICION DE PINTURA VIAL TERMOPLASTICA E INSUMOS ACCESORIOS”, y

Considerando

Que conforme surge del Acta de Apertura de ofertas de fs. 789 se han presentado tres oferentes.

Que a fs. 794 surge el análisis comparativo de ofertas, efectuado por la Dirección General de Compras y Licitaciones.

Que habiendo evaluado las ofertas, a fs. 797/798 la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación, creada conforme lo establecido en el art. 25 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, aconseja por unanimidad adjudicar por menor precio a la firma LINOTOL ARGENTINA S.A.C.C.I.F. por un total de $ 80.548.600,00.

Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias

DECRETA

Artículo 1º.- ADJUDICAR a la firma LINOTOL ARGENTINA S.A.C.C.I.F., por un monto total de Pesos ochenta millones quinientos cuarenta y ocho mil seiscientos ($80.548.600,00), la “ADQUISICION DE PINTURA VIAL TERMOPLASTICA E INSUMOS ACCESORIOS”, en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, al Pliego de Bases y Condiciones Generales y al Dictamen de la Comisión Ad Hoc obrante a fs. 797/798.

Artículo 2º.- La suma de Pesos ochenta millones quinientos cuarenta y ocho mil seiscientos ($80.548.600,00), se encuentra registrada en la Solicitud de Gasto Nro. 0-4734 obrante a fs. 35 y Ajuste de Preventiva Nro. 9-000752 de fs. 802.

Artículo 3º.- La firma adjudicataria deberá presentar en concepto de cumplimiento de contrato, póliza de caución por el 10% (diez por ciento) del importe total de la misma, conforme lo dispuesto por el Artículo 18 y en concepto de anticipo financiero, por el 95% (noventa y cinco por ciento), conforme lo dispuesto por el Artículo 30 del mismo Pliego.

Artículo 4º.- Refrendar el presente Decreto los Señores Secretarios de Hacienda y Finanzas, de Servicios Públicos y el Sr. Jefe de Gabinete.

Artículo 5º.- Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Contaduría, Compras y Licitaciones y Tesorería), de Servicios Públicos y Jefatura de Gabinete.

Artículo 6º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.

Fdo: Martinez-Antiñolo-Baistrocchi-Alvarez