Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº2899

Decreto Nº 2899

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 26/07/2023

Visto las presentes actuaciones, atento al informe elevado por la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia a fs. 81, solicitando la aprobación del Contrato de Locación del inmueble ubicado en calle Garibaldi Nº 149 perteneciente al Club Villa Mitre de nuestra ciudad, el cual será utilizado para el desarrollo de actividades de la Dirección de Adultos Mayores, con vigencia a partir del 1 de julio de 2023 y hasta el 30 de junio de 2025, teniendo en cuenta la visación de la Dirección General de Técnica Jurídica a fs. 82 y 83; en base a la imputación de la Subdirección de Presupuesto y Planificación y la Contaduría General, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades y ad-referendum del Honorable Concejo Deliberante,

- D E C R E T A -

PRIMERO: Aprobar en todas sus partes el Contrato de Locación celebrado entre esta Comuna y el Club Villa Mitre, CUIT 30-55353760-2, representado en este acto por su presidente el Sr. Ing. Juan José La Rocca, D.N.I. 16.024.073, por el alquiler de las instalaciones del mencionado Club sito en calle Garibaldi Nº149 de esta ciudad, para llevar adelante las actividades de la Dirección de Adultos Mayores, por el término de veinticuatro (24) meses, a partir del 1 de julio de 2023 y hasta el 30 de junio de 2025, en las condiciones establecidas en el referido Contrato.

SEGUNDO: Autorizar a Contaduría General a liquidar a partir del 1 de julio al 31 de diciembre del corriente año la suma de PESOS SESENTA Y CINCO MIL ($65.000) mensuales durante los primeros seis meses, la suma de PESOS OCHENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS ($84.500) mensuales los siguientes seis (6) meses, la suma de PESOS CIENTO NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($109.850) mensuales los siguientes seis (6) meses, la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y  DOS MIL OCHOCIENTOS CINCO ($142.805) los últimos seis (6) meses, fijando el monto total de alquiler en PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS DOCE MIL NOVECIENTOS TREINTA ($2.412.930), según lo establecido en la cláusula Tercera del Contrato de Locación.-

TERCERO: Dejar constancia que los pagos acordados en el artículo segundo, se efectuarán mediante la confección de expedientillos mensuales, a través de la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia.-

CUARTO: El presente gasto se deberá imputar a la Jurisdicción: 1110106000, Fuente: 110, cate.Programática:69.00, Gasto:3.2.1.0. 

QUINTO: Dejar constancia que el pago de los servicios se realizarán mediante expedientillos mensuales, debiendo imputar el gasto en la Jurisdicción: 1110105000, Fuente: 110, cat. Programática: 01.03 - 01.06, Gasto: 3.1.2.0 - 3.1.3.0 y 3.1.1.0 del presupuesto del gasto vigente.

SEXTO: Cúmplase, notifíquese, tome nota Subdirección de Presupuesto y Planificación, Contaduría General, Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia y gírese al Honorable Concejo Deliberante para su convalidación, dése al R.O. y ARCHIVESE.-