Boletines/Campana

Decreto Nº452/23

Decreto Nº 452/23

Campana, 30/05/2023

Expediente Municipal Nº 4016 – 8245 - 0 -2019, Alcance 3, Cuerpo 0

Visto

El Decreto Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, el Decreto N° 184/2022 (t.v.) y el Expediente Municipal Nº 4016 – 8245 - 0 -2019, Alcance 3, Cuerpo 0; y

Considerando

Que a fs. 2, obra Informe Circunstanciado de la Secretaría de Seguridad y Prevención Ciudadana.

Que actualmente la Empresa SOFLEX S.A. es prestadora del servicio de Plataforma de Seguridad, que se encuentra integrada al Sistema Integral de Seguridad de la Secretaría, compuesto por diferentes módulos de software especializados que colaboran y asisten a la gestión de seguridad de la ciudad de Campana, permitiendo a los operadores durante las 24 horas verificar la cobertura del patrullaje del distrito, cargar los incidentes ocurridos y analizarlos en un mapa del delito en tiempo real,  además de identificar y visualizar los sucesos importantes,  y en todo momento realizar el seguimiento de las unidades y la administración de los recursos.

Que el objetivo de la nueva propuesta consiste en la puesta en producción y la capacitación de una “Plataforma de Atención y Despacho de Emergencias” para ser utilizada en el ámbito de la Secretaría de Seguridad y Prevención Ciudadana  de Campana, la misma será  utilizada en la  Mesa de Enlace las 24 horas, por los mismos operadores  Policiales que lo vienen haciendo desde  el primer día, y que con el transcurrir del tiempo han logrado aportar a las innovaciones tecnológicas conocimiento y método.

Que esta Plataforma de Atención de Emergencia permite gestionar el ciclo de vida completo de un incidente, registrando desde el inicio de un evento, que se inicia por un llamado telefónico u otro medio hasta el despacho, la gestión y la conclusión del mismo. Estará conformada por puestos distribuidos entre Atención de llamadas, Despacho y Supervisión, en las diferentes áreas destacando que esta configuración podrá ser ampliada a requerimiento del proyecto.

Que a fs. 3/9, la Empresa SOFLEX S.A., presenta propuesta comercial del servicio en cuestión, para la implementación de la “Plataforma de Atención y Despacho de Emergencias”, con sistema SAE Cad-WEB / SISEP , para la Secretaría de Seguridad y Prevención Ciudadana; módulo de video llamada; módulo de reportes, informes y panel de control, módulo de patrullaje, módulo de planes de trabajo; plataforma de seguimiento vehicular y recursos, módulo de AVL-GIS, importación de datos de reportes de GPS de las unidades según Midlleware de comunicaciones provisto por Soflex; asistencia técnica, consultoría, capacitación y Help Desk de los distintos módulos por el término de duración del contrato; actualización e incorporación de nuevas funciones por el término de duración del contrato; la propuesta incluye la utilización de 10 licencias de uso de la plataforma de Atención y Despacho de Emergencias y 2 licencias de Supervisor y 2 Licencias de la Plataforma de Reportes y Estadísticas.

Que a fs. 12, la Jefatura de Gabinete manifiesta que no existen objeciones que formular.

Que a fs. 14, la Dirección de Presupuesto, informa la imputación presupuestaria para hacer frente a la mencionada erogación.

Que a fs. 15, la Contaduría Municipal toma conocimiento e informa que no tiene objeciones de carácter contable que formular.

Que a fs. 17 y a fs. 21/22, luce Solicitud de Pedido N º 1654, y Solicitud de gastos N° 1-1726, respectivamente

Que a fs. 20, la Dirección de Compras informa que la operación encuadra como Contratación Directa en virtud de lo dispuesto por el Artículo 156 inc. 1 del Decreto- Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v); Asimismo a fs. 33 tomo conocimiento, que el período de contratación será de (08) meses, contados desde mayo a diciembre de 2023.

Que a fs. 34, la Secretaría de Economía y Hacienda, interviene sin formular objeciones.

Que a fs. 35, la Jefatura de Gabinete, otorga continuidad a las actuaciones.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que conforme a lo establecido en el artículo 156, del Decreto – Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), se admitirán compras y contrataciones directas en los siguientes casos – 1° - Cuando se trate de artículos de venta exclusiva.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto- Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que en consecuencia, la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).

Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Dispónese la contratación  con la empresa SOFLEX S.A., C.U.I.T. Nº 30-71050873-5, para la implementación de la “Plataforma de Atención y Despacho de Emergencias”, por la suma mensual de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL CON 00/100 ($3.625.000,00.-) por un período de ocho (08) meses, resultando  en  un  monto total  de  PESOS  VEINTINUEVE MILLONES  CON  00/100 ($29.000.000,00.-), a contar retroactivamente desde el 1° de mayo del 2023 y hasta el 31 de diciembre del mismo año, conforme a lo actuado en el Expediente Municipal N°4016 – 8245 – 0 – 2019, Alcance 03, Cuerpo 0.-

ARTÍCULO 2º.- Establécese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto precedentemente se tomarán de la Jurisdicción: 1110114000 - Sec. Prevención Ciudadana, Categoría Programática: 17.00.00 - CIMOPU, Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal, Partida Presupuestaria: 3.4.6.0. - De Informática y Sistemas Computarizados, del Presupuesto General de Gastos para el año 2023.-

ARTÍCULO 3º- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y LegalInterina, el Señor Secretario de Seguridad y Prevención Ciudadana, el Señor Secretario de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 4º- Regístrese; comuníquese, notifíquese; y archívese.-