Boletines/Lobería

Decreto Nº1546-23

Decreto Nº 1546-23

Lobería, 01/08/2023

DESÍGNASE, en carácter de destajista.

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 –Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.721/22; y

Considerando

QUE, la Directora Administrativa del Sistema Municipal de Salud ING. EUGENIA ARCHIERI, solicita la designación de personal destajista, a partir del 01 de agosto y hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, que para desempeñarse como enfermera en el Hospital Municipal “Gaspar M. Campos”;
QUE, lo solicitado se debe a no contar con personal suficiente en la planta de agentes municipales;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O

ARTÍCULO 1.- DESÍGNASE, en carácter de destajista, a partir del 1 de agosto y hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, a la persona que se detalla, para desempeñarse como enfermera en el Hospital Municipal “Gaspar M. Campos”:
APELLIDO Y NOMBRE                                          DOCUMENTO
GARCIA IBALA, ROCIO DEL CIELO                       39.786.692
ARTÍCULO 2.- El monto por guardia a abonar será de PESOS SEIS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y UNO CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 6.461,65.-) resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una remuneración efectiva de PESOS CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON CERO DOS CENTAVOS               ($ 5.557,02.-) correspondiendo al Municipio, realizar aportes patronales por IPS: $ 775,40. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 3.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110110000 Secretaría de Salud y Desarrollo Social – 23.01 Dirección Hospital Municipal – 1.2.1.0. Retribuciones del cargo” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 4.- Tomen conocimiento Dirección Administrativa del Sistema Municipal de Salud, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.